Actualmente, la politica de apoyar a los ancianos se implementa de acuerdo con el Decreto No. 20/2021/ND-CP; Enmendar y Suplemento por Decreto No. 76/2024/ND-CP.
Segun la Clausula 5, el Articulo 5 del Decreto 20/2021/ND-CP, 4 grupos de personas mayores reciben asignaciones sociales mensuales.
En primer lugar, los ancianos pertenecen a hogares pobres, sin personas con obligaciones y derechos de enfermeria; O algunas personas tienen las obligaciones y el derecho a apoyar, pero esta persona esta recibiendo beneficios sociales mensuales.
En segundo lugar, los ancianos de 75 años a 80 años pertenecen a hogares pobres, hogares cercanos a los hogares (no en el primer caso) que viven en comunas y pueblos de minorias etnicas y areas montañosas extremadamente dificiles.
En tercer lugar, las personas mayores de 80 años (no en el primer caso) sin pension, asignacion mensual de seguro social, beneficios sociales mensuales.
En cuarto lugar, los ancianos pertenecen a hogares pobres, sin personas con obligaciones y derechos de enfermeria, no hay condiciones para vivir en la comunidad, elegible para recibir instalaciones de asistencia social, pero algunas personas reciben nutricion y cuidado en la comunidad.
A partir de 1.7 en adelante, la ley sobre el seguro social en 2024 entra en vigencia, agregando mas asignaciones de jubilacion social para los ancianos.
Actualmente, el Gobierno ha redactado un decreto que detalla y guia la implementacion de una serie de articulos de la Ley de 2024 sobre el seguro social sobre asignaciones de jubilacion social.
Segun el borrador, hay 2 grupos de personas mayores con derecho a subsidios de jubilacion social.
El primero es el grupo de 75 años de edad o mas; No hay subsidio mensual de pension o seguro social.
El segundo es el grupo de 70 años a menos de 75 años de hogares pobres y hogares cercanos a los pobres; No hay subsidio mensual de pension o seguro social.
Al mismo tiempo, con la adicion de dos personas mayores que disfrutan de la asignacion de jubilacion social como se indico anteriormente, los dos grupos de edad avanzada estan recibiendo asignaciones sociales mensuales (el segundo y tercer grupo bajo el Articulo 5 del Decreto 20) son abolidos. Estos dos grupos recurren a los beneficios de jubilacion social.
