En la tarde del 23 de abril, con 488/492 delegados presentes participando en la votación a favor (representando el 97,6%), la Asamblea Nacional aprobó oficialmente la Ley de Registro Civil (modificada).
La ley consta de 4 capítulos, 30 artículos y entrará en vigor el 1 de marzo de 2027.
Antes de la votación electrónica, el Ministro de Justicia, Hoang Thanh Tung, presentó un informe de recepción, explicación y revisión del proyecto de Ley de Registro Civil (modificada) presentado a la Asamblea Nacional para su consideración y aprobación.

En consecuencia, el proyecto de Ley se elabora en la dirección de garantizar la adecuación a los requisitos de innovación del pensamiento legislativo, en el que la Ley se centra en regular contenidos de principios, estables, bajo la autoridad de la Asamblea Nacional; limitando las regulaciones detalladas, aumentando la flexibilidad en la organización de la implementación.

El proyecto de Ley después de la revisión garantiza la constitucionalidad, la coherencia con las leyes relacionadas; al mismo tiempo, concreta la política de promover la descentralización, la delegación de poder, la reforma de los procedimientos administrativos, la transformación digital en el campo del registro civil. Las regulaciones se perfeccionan para garantizar que sean claras, estrictas, factibles, cercanas a la práctica, creando las máximas facilidades para las personas y mejorando la eficacia y eficiencia de la gestión estatal.
Con respecto a la autorización para firmar documentos de registro civil, tomando en cuenta las opiniones de los diputados de la Asamblea Nacional, el proyecto de Ley se ha revisado de manera flexible: No limitar la autorización para certificados de defunción para garantizar una resolución oportuna.
En cuanto al certificado de nacimiento y al certificado de matrimonio, que son documentos de registro civil originales y importantes, la regulación firmada por los líderes del Comité Popular a nivel comunal es necesaria para garantizar la estrictez y la solemnidad.
Con respecto al registro de nacimientos y muertes de forma proactiva (Artículo 15, Artículo 20), tomando en cuenta las opiniones de los diputados de la Asamblea Nacional, el Gobierno ha añadido una hoja de ruta para la implementación del registro de nacimientos y muertes de forma proactiva unificada en todo el país a más tardar a partir del 1 de enero de 2031.
Esta es una gran reforma, pasando del mecanismo de "solicitud del pueblo" al "servicio proactivo de las agencias estatales", que requiere la finalización sincrónica de la infraestructura digital y la conexión de datos, especialmente en el campo de la salud.
En la fase de transición, las localidades que cumplan las condiciones pueden implementar de forma proactiva primero; al mismo tiempo, el Estado continúa invirtiendo en infraestructura, capacitando recursos humanos y promoviendo la comunicación de políticas para garantizar la viabilidad y el consenso social.