El Departamento de Asesoramiento Jurídico del periódico Lao Dong responde:
El apartado 2, artículo 51, del Decreto 259/2026/ND-CP que regula la contratación, el uso y la gestión de funcionarios públicos (vigente a partir del 1 de julio de 2026) estipula los casos en que no se ha resuelto la renuncia de la siguiente manera:
a) Funcionarios públicos que se encuentran en período de consideración para el tratamiento disciplinario o que están siendo procesados penalmente, excepto en casos de acuerdo con los deseos personales, con el permiso de la autoridad competente o de acuerdo con la decisión de la autoridad competente;
b) Los funcionarios públicos que estén en período de resolución de quejas y denuncias (que hayan tomado la decisión de establecer un Equipo de Verificación), inspeccionar cuando haya signos de violación, ser recomendados para el manejo de violaciones de acuerdo con las conclusiones de la inspección y auditoría, excepto en los casos de acuerdo con los deseos personales, permitidos por la autoridad competente o de acuerdo con la decisión de la autoridad competente;
c) Debido a los requisitos de trabajo de la agencia u organización o aún no se ha dispuesto un reemplazo;
d) Otras razones según las disposiciones de la ley, según la decisión de la autoridad competente para destituir.
Por lo tanto, a partir del 1 de julio de 2026, los casos anteriores aún no se han resuelto para que los funcionarios dimiten.
Asesoramiento jurídico
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