El Gobierno ha emitido el Decreto 106/2025/ND-CP que detalla sanciones de violaciones administrativas en el campo de la prevencion de incendios, combates y rescate. El decreto entra en vigencia a partir del 1 de julio de 2025.
En particular, en el Decreto 106, regulaciones adicionales sobre sanciones adicionales "operaciones suspendidas" para 6 actos con 6 actos con riesgo directo que causa incendios y explosiones, que incluyen:
Violacion de las regulaciones sobre evaluacion y aceptacion del diseño sobre prevencion y lucha contra incendios (clausula 6, articulo 18), segun la cual:
Suspension de la operacion de 3 meses a 6 meses por actos de traer obras, trabajos y medios de transporte que han sido aprobados para diseñar o evaluar diseños en la prevencion de incendios y luchar contra la explotacion y uso cuando no hay una aprobacion por escrito de los resultados de la prevencion de incendios y la lucha de agencias de gestion especializadas.
Suspension de la operacion de 6 meses a 12 meses para actos de trabajo, articulos de obras y medios de transporte sujetos a diseño y prevencion de incendios y combates de diseño, operacion, operacion cuando no hay una evaluacion escrita del diseño de diseño y prevencion de incendios y la aprobacion por escrito de los resultados de incendios y combates de agencias de combate de incendios y incendios de agencias de gestion especializadas.
Violar las regulaciones sobre equipos, instalacion de prevencion de incendios, lucha, rescate y rescate (clausula 11, articulo 20), segun la cual:
Suspension de la operacion de 3 meses a 6 meses para actos no equipados e instalacion de sistemas de alarma contra incendios; No hay equipo, instalacion del sistema de lucha contra incendios.
Violando regulaciones sobre el uso de medios de prevencion, lucha, rescate y rescate de incendios (clausula 8, articulo 21), segun el cual:
Suspension de la operacion de 1 mes a 3 meses por actos de no mantener el funcionamiento del sistema de alarma contra incendios que ha sido equipado e instalado; No mantenga el funcionamiento del sistema de lucha contra incendios que ha sido equipado e instalado.
Violacion de las regulaciones sobre ventilacion y anti -hemoque (clausula 6, articulo 23), en consecuencia:
La suspension de la operacion de 03 meses a 06 meses para actos de no mantener soluciones de ventilacion para produccion, almacenamiento, negocios, uso de sustancias y productos peligrosos en fuego y explosion se han equipado e instalados.
Violacion de las regulaciones sobre escape en prevencion y lucha contra incendios (clausula 6, articulo 24), en consecuencia:
Suspension de la operacion de 03 meses a 06 meses por actos de no mantener la ruta de escape o escape de la casa y el proyecto; No hay suficiente ruta de escape o escape de casas y obras.
Violacion de las regulaciones en compartimentos de incendios (Clausula 8, articulo 25), en consecuencia:
Suspenda las operaciones de 06 meses a 12 meses por actos de construccion de casas y obras que no garanticen la distancia de prevencion y lucha contra incendios.