La Oficina de Asesoramiento Jurídico del periódico Lao Dong responde:
El párrafo 2, Artículo 18, Decreto 93/2026/ND-CP que detalla y guía la implementación de algunos artículos de la Ley de Profesores (vigente a partir del 31 de marzo de 2026) estipula los expedientes para solicitar la jubilación a una edad superior de la siguiente manera:
a) Solicitud de jubilación a una edad superior (según el Formulario No. 02 en el Anexo adjunto a este Decreto);
b) Expediente de profesor de acuerdo con las disposiciones de la ley sobre funcionarios públicos;
c) Documentos y pruebas que cumplan con las condiciones para jubilarse a una edad mayor.
Por lo tanto, a partir del 31 de marzo de 2026, el expediente de solicitud de jubilación a una edad más avanzada para los profesores se estipula como se indicó anteriormente.
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