Cosas que los profesores no pueden hacer
El articulo 11 de la Ley de Profesores de 2025 estipula que los profesores en instituciones educativas publicas no pueden hacer cosas que los empleados publicos no pueden hacer de acuerdo con las disposiciones de la ley sobre empleados publicos y otras disposiciones de la ley relacionada. Los profesores en instituciones educativas no publicas no pueden llevar a cabo actos prohibidos en el campo laboral de acuerdo con las disposiciones de la ley sobre trabajo y otras disposiciones de la ley relacionada.

Ademas de las regulaciones anteriores, los profesores no pueden hacer las siguientes cosas:
Discriminacion entre los estudiantes en todas las formas;
Fraude, distorsion intencional de resultados en las actividades de admision y evaluacion de estudiantes;
Obligar a los estudiantes a participar en clases particulares de cualquier forma;
Obligar a los estudiantes a pagar dinero o objetos fuera de las disposiciones de la ley;
Aprovechando el titulo de docente y las actividades profesionales para cometer actos ilegales.
Cosas que las organizaciones e individuos no deben hacer para los educadores
Ademas de las regulaciones sobre lo que los profesores no pueden hacer, la Ley tambien especifica claramente lo que las organizaciones e individuos no pueden hacer para los profesores, incluyendo:
No implementar plenamente los regimenes y politicas para los docentes de acuerdo con las disposiciones de la ley;
Publicar y difundir informacion acusatoria sobre la responsabilidad de los docentes en las actividades profesionales sin una conclusion de la autoridad competente;
Las demas cosas no se pueden hacer de acuerdo con las disposiciones de la ley.
¿Que formas de disciplina deben enfrentarse los profesores si violan la Ley de Profesores?
La forma de disciplina para los docentes se estipula en el Articulo 35 de la Ley de Maestros de 2025. Especificamente, la disciplina para los docentes que son empleados publicos en instituciones educativas publicas se lleva a cabo de acuerdo con las regulaciones sobre la disciplina para los empleados publicos de acuerdo con las regulaciones de la ley sobre empleados publicos y otras regulaciones de la ley relacionada.
El manejo disciplinario de los docentes que trabajan bajo contrato laboral en instituciones educativas publicas, instituciones educativas no publicas se lleva a cabo de acuerdo con las regulaciones sobre manejo disciplinario de los trabajadores de acuerdo con las disposiciones de la ley laboral, las regulaciones sobre la organizacion y operacion de las instituciones educativas y otras regulaciones legales relacionadas.
El manejo disciplinario de los docentes no debe afectar las actividades de aprendizaje de los alumnos. El proceso de consideracion y manejo disciplinario de los docentes debe garantizar la humanidad, proteger la imagen y el prestigio de los docentes.
Ademas, en el Articulo 36, esta Ley tambien estipula la suspension temporal de la enseñanza para los profesores de la siguiente manera:
Dentro del plazo para la consideracion y el manejo disciplinario, el jefe de la institucion educativa decide suspender temporalmente la enseñanza para el profesor si la continuacion de la enseñanza por parte del profesor puede dificultar la consideracion y el manejo disciplinario o afectar el prestigio del profesor y la psicologia del alumno; en caso de que el jefe de la institucion educativa muestre signos de violacion, la autoridad competente nombra al jefe de la institucion educativa para que emita una decision de suspension temporal de la enseñanza.
Para los docentes en instituciones educativas publicas, el periodo de suspension temporal de la enseñanza y el salario durante el periodo de suspension temporal de la enseñanza se implementan de acuerdo con las disposiciones de la ley sobre funcionarios publicos y otras disposiciones de la ley pertinente.
Para los docentes en instituciones educativas no publicas, el periodo de suspension temporal de la enseñanza y el salario durante el periodo de suspension temporal de la enseñanza se implementan de acuerdo con las disposiciones de la ley laboral y otras disposiciones de la ley pertinente.