La oficina de asesoria legal del periodico Laborist responde:
Articulo 2, articulo 2, Ley de fuerzas que participan en la proteccion de la seguridad, el orden en las bases del articulo 23. Apoyo, fomento para los miembros de las fuerzas que participan en la proteccion de la seguridad, el orden en las instalaciones
Uno. Los miembros de las fuerzas que participan en la proteccion de la seguridad y el orden en las instalaciones reciben un subsidio mensual regular, reciben asistencia para pagar el seguro social voluntario y el seguro medico segun el nivel decidido por el Consejo Popular Provincial.
El segundo. Los miembros de las fuerzas que participan en la proteccion de la seguridad y el orden en las instalaciones reciben apoyo y capacitacion cuando son enviados a capacitacion, entrenamiento, desempeño de tareas segun la asignacion del nivel competente o cuando son movilizados, movilizados para desempeñar tareas. El nivel de apoyo y nutricion se establece como sigue:
a) En el momento de su envio a la rehabilitacion, el entrenador gozara de una alimentacion equivalente a la de los soldados civiles obligados;
b) En el desempeño de sus funciones desde las 22 horas de la noche anterior hasta las 6 de la mañana siguiente, en dias de descanso, festivos, en el desempeño de trabajos pesados, toxicos, peligrosos o especialmente pesados, toxicos y peligrosos, segun lo dispuesto en la ley de trabajo, recibira una indemnizacion determinada por el Consejo Popular Provincial;
c) Cuando desempeñen sus funciones en zonas fronterizas, islas, montañas, zonas de condiciones socioeconomicas especialmente dificiles, zonas de minorias etnicas o en unidades administrativas de nivel comunal que sean importantes para la defensa, gozaran de la remuneracion por jornada laboral adicional decidida por el Consejo Popular de nivel provincial;
d) Cuando se moviliza, moviliza, envia para realizar tareas fuera de la zona de su responsabilidad, la agencia de movilizacion, movilizacion, envia para realizar tareas de asistencia a los medios de transporte, asistencia para comer y descanso durante el periodo de servicio.
Asi, los participantes en la proteccion de la seguridad y el orden en las instalaciones que se movilicen para cumplir con sus deberes durante el dia festivo 30.4, 1.5 disfrutaran de la indemnizacion decidida por el Consejo Popular Provincial.
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