La oficina legal de consultoria legal respondio:
Articulo 5 del decreto 176/2025/ND-CP (efectivo desde 1.7.2025) estipula el apoyo de los costos de entierro de la siguiente manera:
1. Sujetos que tienen derecho a los beneficios de jubilacion social o que han escrito una solicitud por escrito para disfrutar de los beneficios de jubilacion social, elegible, pero el presidente del Comite Popular de Level Commune no ha emitido una decision de disfrutar de los beneficios de jubilacion social al morir, los gastos de entierro estan respaldados en el nivel de la clausula 2, Articulo 11 de la decreta No. 20/2021/ND-CP datado de 15 de marzo, 2021 de la Policies de Policies de la Clausa de la Clausa.
2. En caso de que el sujeto especificado en la clausula 1 de este articulo sea apoyado con los gastos funerarios y de entierro prescritos en muchos documentos diferentes con diferentes niveles, solo uno tiene derecho al mas alto nivel.
3. Orden del apoyo de costos funebres
a) organizaciones e individuos que se encargan del entierro de los sujetos que tienen declaraciones de gastos funerarios de acuerdo con el Formulario No. 02 emitido junto con este decreto directamente o mediante la organizacion postal o en el entorno de red al Presidente del Comite Popular de nivel de comuna;
b) Dentro de 03 dias habiles a partir de la fecha de recibir el expediente completo, el Presidente del Comite Popular de nivel de la Comunidad considerara y decidira apoyar los costos de entierro.
Por lo tanto, las disposiciones sobre los gastos funebres con el destinatario de los beneficios de jubilacion social se implementan anteriormente.
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