La Ley de Seguro Social de 2024 (vigente a partir del 1 de julio de 2025) ha ampliado las oportunidades de recibir pensiones al reducir el tiempo mínimo de cotización de 20 años a 15 años, al tiempo que especifica los casos en los que se pueden compensar o cotizar de una vez por el tiempo restante.
Cerrar una vez por el tiempo restante de hasta 6 meses
Para las personas que participan en el seguro social obligatorio, si han alcanzado la edad de jubilación pero el tiempo de contribución al seguro social no es demasiado corto, la ley permite la contribución única para recibir la pensión de jubilación de inmediato.
Condiciones de aplicación: Los empleados que han alcanzado la edad de jubilación pero el tiempo de cotización obligatoria al seguro social aún es inferior a un máximo de 6 meses para ser elegibles para recibir una pensión.
Nivel de contribución: Equivalente al nivel total de contribución del empleado y del empleador antes de renunciar al fondo de pensiones y de fallecimiento.
Plazo de cotización: A más tardar el mes anterior al mes en que se cumplen las condiciones para recibir la pensión.
Base legal: Cláusula 7, Artículo 33 de la Ley de Seguro Social de 2024; Cláusula 2, Artículo 12 de la Circular 12/2025/TT-BNV.
Cerrar una vez por un tiempo mínimo de 5 años
Esta es una política que ayuda a las personas que participan en el seguro social voluntario o a las personas que pasaron del seguro social obligatorio a tener la oportunidad de recibir una pensión cuando envejecen.
Condiciones de aplicación: Los participantes que hayan alcanzado la edad de jubilación según las regulaciones, pero el período de contribución al seguro social restante no sea superior a 5 años (60 meses), pueden pagar de una vez para completar 15 años (según la nueva Ley) o 20 años (según las regulaciones de transición) para recibir una pensión.
Nivel de contribución: Se calcula por el nivel total de contribución de los meses restantes, aplicando intereses brutos iguales a la tasa de interés de inversión del fondo de seguro social promedio mensual del año anterior inmediato.
Plazo de pago: A partir del primer día del mes siguiente al mes en que se pague la cantidad total para los años restantes.
Base legal: Punto e, apartado 2, artículo 36 de la Ley de Seguro Social de 2024; Artículo 7 del Decreto 159/2025/ND-CP; Apartado 6, artículo 5 de la Circular 11/2025/TT-BNV.
Compensación después del período de suspensión temporal
En caso de que las empresas y los trabajadores encuentren dificultades objetivas, la ley permite suspender temporalmente las contribuciones y luego tener que compensar.
Caso 1: Si el empleador encuentra dificultades y debe suspender temporalmente la producción y los negocios, lo que lleva a la imposibilidad de pagar el seguro social, se le permite suspender temporalmente las cotizaciones al fondo de pensiones y de fallecimiento por un máximo de 12 meses. Al final de este plazo, el empleador debe compensar el tiempo de suspensión temporal de las cotizaciones.
Caso 2: El empleado es detenido temporalmente, suspendido temporalmente del trabajo. Si posteriormente se le recupera el salario completo (debido a una condena injusta, un error o no disciplinado), debe pagar la indemnización del seguro social por este tiempo.
Si durante el período de suspensión temporal de las cotizaciones, el empleado cumple con las condiciones para disfrutar de la pensión, debe compensar inmediatamente para resolver el régimen.
Base legal: Artículo 37 de la Ley de Seguro Social de 2024; Artículo 9 del Decreto 157/2025/ND-CP; Artículo 10 del Decreto 158/2025/ND-CP.
Compensación por la parte restante para recibir subsidios mensuales
La Ley de Seguro Social de 2024 también complementa el régimen para las personas que alcanzan la edad de jubilación pero no cumplen con las condiciones para recibir una pensión y tampoco tienen la edad suficiente para recibir subsidios de pensión social.
Si el tiempo de cotización al seguro social no es suficiente para recibir el subsidio mensual hasta que alcance la edad para recibir el subsidio de pensión social (75 años), el trabajador puede cotizar de una sola vez por la parte restante para recibir este régimen.
Base legal: Cláusula 3, Artículo 23 de la Ley de Seguro Social de 2024; Cláusula 3, Artículo 23 del Decreto 158/2025/ND-CP.
La Ley de Seguro Social de 2024 ha creado condiciones más favorables para que los trabajadores accedan al régimen de pensiones, especialmente a través de la reducción del tiempo mínimo de cotización al seguro social de 20 años a 15 años y la ampliación de los casos de cotización única o compensación del tiempo restante.
Para garantizar sus derechos, los trabajadores deben seguir regularmente el proceso de participación en el seguro social en la aplicación VssID o comunicarse con la agencia de seguro social de gestión para verificar y cotejar la información.
Ser proactivo para comprender claramente el tiempo que se ha pagado y las regulaciones sobre las contribuciones de compensación ayudará a los trabajadores a completar oportunamente las condiciones, cumplir con las condiciones para recibir pensiones y garantizar la seguridad social al alcanzar la edad laboral.