El gobierno acaba de emitir el Decreto No. 192/2025/ND-CP para guiar una guia especifica para determinar el precio de venta y el precio de alquiler de las viviendas sociales. Se espera que la nueva regulacion mejore la transparencia, garantice los derechos legitimos para los compradores y contrate a comprar casas sociales, y al mismo tiempo contribuya a limitar el estado de las ganancias de las politicas en este campo.
Segun el Decreto 192, la determinacion del precio de venta, el precio de alquiler de la vivienda social se implementa sobre la base de las disposiciones de la ley sobre la vivienda y la ley sobre el precio. El inversor del Proyecto de Vivienda Social es responsable de hacer un plan para la venta de precios, alquilar precios de acuerdo con las regulaciones, incluidos todos los gastos de inversion de construccion aprobados, ganancias de normas y costos generales de mantenimiento de costos (si corresponde).
En caso de necesidad, el inversor puede contratar una unidad de consultoria para que sea elegible para realizar la verificacion y determinacion del precio. Despues de hacer un plan de precios, el inversor envia el expediente al departamento de construccion local para su verificacion. El expediente debe presentarse al menos 30 dias antes del momento de recibir la solicitud de compra, contratar o presentar la solicitud de certificacion de elegibilidad para la venta o alquiler para comprar casas formadas en el futuro.
El decreto tambien requiere que el inversor publicite el precio de venta, el precio de alquiler de la vivienda social se ha verificado en el portal web del Comite Popular Provincial, el Departamento de Construccion y el Proyecto, para que las personas puedan facilitar la busqueda. Este es un nuevo punto importante, que contribuye a la transparencia de la informacion, que limita el negativo en el proceso de transaccion.
Una vez completado el proyecto, la aceptacion se pondra en uso, dentro de los 180 dias, el inversor debe llevar a cabo la auditoria de los costos de inversion de construccion. Los expedientes de auditoria y la liquidacion de gastos de inversion continuan siendo enviados al Departamento de Construccion para comparar el precio, el precio de compra se ha determinado anteriormente.

Una de las disposiciones notables en Decreto 192 es el manejo de la diferencia de precios despues de la auditoria. Si el precio de venta, el precio de compra oficial es mas bajo que el precio firmado, el inversor debe reembolsar la diferencia al comprador o alquiler.
Por el contrario, si el precio oficial es mas alto, el inversor no debe recolectar ninguna diferencia adicional. Esta disposicion tiene como objetivo proteger los derechos de las personas, evitando la situacion de verse obligado a comprar a un alto precio irrazonable.
El decreto tambien endurecio la recoleccion del inversor. En consecuencia, antes de que se le otorgue al Comprador un Certificado de Certificado de Uso de la Tierra, propiedad de la vivienda (Libro Pink) y antes de completar la devolucion de la diferencia (si corresponde), el inversor no debe recaudar mas del 95% del valor del contrato. Esta disposicion ayuda a garantizar la seguridad de los compradores de viviendas en el proceso de completar los procedimientos legales.
La transparencia del proceso de determinacion de precios no solo ayuda a proteger los intereses de los compradores e inquilinos, sino que tambien contribuye a mejorar la confianza de la sociedad para proyectos de vivienda social, limitando las politicas negativas y rentables.
Se espera que la estricta implementacion de las disposiciones de este decreto contribuya a implementar eficazmente el objetivo de desarrollar fondos de vivienda social, satisfacer las necesidades de personas, trabajadores y trabajadores de bajos ingresos en parques industriales y areas urbanas, contribuyendo asi a garantizar el desarrollo social y el desarrollo socioeconomico sostenible.