Acortar el tiempo de confirmación de expedientes
El Decreto 54/2026/ND-CP que modifica y complementa algunos artículos de los decretos en el campo de la vivienda y el negocio inmobiliario ha ajustado algunos plazos en la resolución de los trámites de vivienda social.
En algunas etapas, el plazo de "15 días" se sustituye por "10 días", el plazo de "30 días" se sustituye por "20 días".
La reducción de estos plazos tiene como objetivo acelerar el progreso del procesamiento de expedientes, reduciendo la latencia en el proceso de revisión de los beneficiarios de la política de vivienda social.
Para los casos de personas que no tienen contrato laboral pero son elegibles para la política de vivienda social, la policía a nivel comunal donde se residen permanentemente, temporalmente o en el lugar de residencia actual es responsable de confirmar la información dentro de los 7 días posteriores a la recepción de la solicitud. El solicitante debe declarar y comprometerse con los ingresos; la agencia de policía coordina la verificación cuando sea necesario.

Regulaciones específicas sobre el proceso de venta de viviendas sociales
El Decreto modifica y complementa las regulaciones sobre el orden y los procedimientos para la venta, arrendamiento con opción a compra y arrendamiento de viviendas sociales en una dirección más detallada y clara.
Después de 30 días desde el inicio del proyecto, el inversor debe divulgar la información del proyecto, incluyendo: Nombre del proyecto, inversor, ubicación de la construcción, escala, número de apartamentos, área, precio de venta provisional, fecha prevista de recepción de expedientes... en el sitio web del Departamento de Construcción, el Comité Popular a nivel comunal donde se encuentra el proyecto y los canales de acuerdo con las regulaciones.
La divulgación del momento de inicio y finalización de la recepción de expedientes debe realizarse al menos 30 días antes de la recepción del expediente.
Las personas que lo necesiten pueden presentar solicitudes directamente, en línea, a través del servicio postal o a través de la agencia o unidad donde trabajan. El tiempo mínimo de recepción de solicitudes es de 30 días a partir de la fecha de inicio de la recepción.
Dentro de los 10 días siguientes a la fecha límite de presentación de la solicitud, el inversor debe recopilar la lista de registros y enviarla al Departamento de Construcción para verificar si el solicitante ha recibido o no la política de apoyo a la vivienda. El Departamento de Construcción es responsable de responder por escrito dentro de los 10 días.
Después de la revisión, el inversor publicará la lista de expedientes elegibles y no elegibles. La lista de elegibles debe hacerse pública dentro de los 30 días siguientes a la fecha límite de presentación de los expedientes; los expedientes no elegibles deben ser devueltos y se debe indicar claramente el motivo.
Sorteo al superar el número de apartamentos
En caso de que el número de expedientes elegibles sea mayor que el número de apartamentos previstos para la venta, el promotor organiza un sorteo para seleccionar a la persona que puede comprar viviendas sociales.
El sorteo debe ser supervisado por representantes del Departamento de Construcción, el Comité Popular a nivel comunal y la Policía a nivel comunal donde se encuentra el proyecto para garantizar la publicidad y la transparencia.
El Decreto también estipula el orden de prioridad para los sujetos al comprar viviendas sociales, incluyendo: personas con méritos revolucionarios, familiares de mártires; personas discapacitadas; personas reasentadas en forma de compra de viviendas sociales; y mujeres en algunos casos según las regulaciones.
El arrendamiento con opción a compra y el arrendamiento se llevan a cabo según un proceso similar.
El orden y los procedimientos para alquilar y comprar viviendas sociales se llevan a cabo de manera similar al proceso de venta.
Para alquilar viviendas sociales, los inquilinos no tienen que presentar documentos que prueben las condiciones de vivienda e ingresos; en el caso de alquilar viviendas sociales que sean propiedad pública, presentar documentos que prueben que están exentas o se les reduce el alquiler (si lo hay).
Además, en el caso de que el propietario esté alquilando viviendas sociales de acuerdo con las regulaciones anteriores y tenga la necesidad de recomprarlas antes de 10 años, se le dará prioridad a la venta si el inquilino cumple con las condiciones de acuerdo con las regulaciones.
Aumentar la transparencia, actualizar los datos
El Decreto requiere actualizar la información de las transacciones y los sujetos que han comprado viviendas sociales en el sistema de información sobre vivienda y el mercado inmobiliario de acuerdo con las regulaciones.
Junto con eso, los expedientes se pueden presentar directamente, en línea o a través de servicios postales; los resultados de la resolución de los trámites se entregan electrónicamente y tienen el mismo valor legal que las copias en papel.
El Decreto entra en vigor a partir del 9 de febrero de 2026.