De acuerdo con el apartado 1 del articulo 172 de la Ley de Tierras de 2024 que regula el uso de la tierra por un periodo limitado:
Articulo 172. Tierras de uso con plazo
1. Excepto en los casos especificados en el Articulo 171 de esta Ley, el plazo de uso de la tierra cuando el Estado asigna tierras, arrienda tierras, reconoce los derechos de uso de la tierra se estipula de la siguiente manera:
De acuerdo con las regulaciones del Articulo 171 de la Ley de Tierras de 2024 que regula el uso estable y a largo plazo de la tierra, especificamente:
Articulo 171. Tierra para uso estable y a largo plazo
1. Tierra residencial.
2. Tierras agricolas utilizadas por la comunidad residencial segun lo dispuesto en el apartado 4 del articulo 178 de esta Ley.
3. Tierras forestales de uso especial; tierras forestales de proteccion; tierras forestales de produccion gestionadas por organizaciones.
4. Tierra comercial, de servicios, tierra de instalaciones de produccion no agricolas de particulares que se utilizan de manera estable y que son reconocidas por el Estado y no son tierras asignadas por el Estado por un periodo determinado, arrendadas.
5. Tierra para la construccion de la sede de la agencia segun lo dispuesto en el apartado 1 del articulo 199 de esta Ley; tierra para la construccion de obras publicas de unidades publicas de servicio publico segun lo dispuesto en el apartado 2 del articulo 199 de esta Ley.
6. Tierra de defensa y seguridad nacional.
7. Tierra de creencias.
8. Tierras religiosas estipuladas en el apartado 2 del articulo 213 de esta Ley.
9. Tierra utilizada para fines publicos sin fines comerciales.
10. Tierra para cementerios, funerarias, instalaciones de cremacion; tierra para instalaciones de almacenamiento de cenizas.
11. Tierras especificadas en el apartado 3 del articulo 173 y el apartado 2 del articulo 174 de esta Ley.
Por lo tanto, la tierra residencial es tierra para uso estable y a largo plazo y no es necesario extender el derecho de uso de la tierra.