1. Condiciones de vivienda para recibir apoyo para vivienda social a partir del 09/02/2026
De acuerdo con el Artículo 29 del Decreto 100/2024/ND-CP (modificado y complementado en el Decreto 54/2026/ND-CP) que regula las condiciones para la vivienda de la siguiente manera:
- Los casos en que no hay vivienda propia se determinan cuando el sujeto especificado en el apartado 1 del artículo 77 de la Ley de Vivienda de 2023 y el cónyuge de ese sujeto (si lo hay) se determinan que no tienen nombre o no tienen contenido de información sobre la vivienda en el Certificado de Derecho de Uso de la Tierra, Derecho de Propiedad de Bienes Vinculados a la Tierra en la provincia o ciudad directamente dependiente del gobierno central donde se encuentra el proyecto de vivienda social.
Dentro de los 7 días siguientes a la fecha de recepción de la solicitud de confirmación de las condiciones de vivienda, la agencia competente para emitir el Certificado de Derecho de Uso de la Tierra, Derecho de Propiedad de Bienes Vinculados a la Tierra de acuerdo con las disposiciones de la ley de tierras en la provincia o ciudad directamente dependiente del gobierno central donde se encuentra el proyecto de vivienda social confirmado de acuerdo con las disposiciones de este párrafo.
- En el caso de que el sujeto especificado en el párrafo 1 del Artículo 77 de la Ley de Vivienda de 2023 tenga una vivienda de su propiedad pero el área de vivienda per cápita promedio sea inferior a 15 m2 de piso/persona. El área de vivienda per cápita promedio especificada en este párrafo se determina sobre la base de incluir: el solicitante, la esposa (marido) de esa persona, el padre, la madre (si la hay) y los hijos de esa persona (si los hay) registrados como residentes permanentes en esa casa.
Dentro de los 7 días siguientes a la fecha de recepción de la solicitud de confirmación del área de vivienda per cápita, el Comité Popular a nivel comunal realiza la confirmación para los casos especificados en este párrafo.

2. Condiciones de ingresos para recibir apoyo para la vivienda social
De acuerdo con el Artículo 30 del Decreto 100/2024/ND-CP enmendado y complementado en el Decreto 54/2026/ND-CP y el Decreto 261/2025/ND-CP que regula las condiciones sobre ingresos de la siguiente manera:
(1) Para los sujetos especificados en los apartados 5, 6 y 8 del Artículo 76 de la Ley de Vivienda de 2023, se deben garantizar las siguientes condiciones de ingresos:
(i) En el caso de que el solicitante sea una persona no casada o se confirme que es soltero, el ingreso mensual promedio real no debe exceder los 20 millones de VND calculados según la Tabla de salarios y salarios certificada por la agencia, unidad o empresa donde trabaja el sujeto.
En el caso de que el solicitante sea una persona no casada o se confirme que es soltero y está criando a un niño menor de edad adulta, el ingreso mensual promedio real no debe exceder los 30 millones de VND calculados según la Tabla de salarios y salarios certificada por la agencia, unidad o empresa donde trabaja el sujeto.
(ii) En el caso de que el solicitante se haya casado de acuerdo con las disposiciones de la ley, el solicitante y su cónyuge tienen un ingreso mensual promedio total real que no supere los 40 millones de VND calculados según la Tabla de salarios y salarios certificada por la agencia, unidad o empresa donde trabaja el sujeto.
(iii) El plazo para determinar las condiciones de ingresos según lo dispuesto en los puntos (i) y (ii) es de 12 meses consecutivos, a partir del momento en que la autoridad competente realice la confirmación.
(iv) Basado en las condiciones, el nivel de ingresos de cada área en el área, las políticas preferenciales de vivienda para funcionarios, empleados públicos, empleados públicos, el número de personas dependientes de acuerdo con las regulaciones de la ley, el Comité Popular a nivel provincial puede decidir el coeficiente de ajuste del nivel de ingresos especificado en los puntos (i), puntos (ii) pero no excede la proporción entre el ingreso per cápita promedio en la localidad y el ingreso per cápita promedio en todo el país; decidir las políticas para fomentar el acceso a la vivienda social para los sujetos que disfrutan de políticas de apoyo a la vivienda social que tienen tres o más personas dependientes en el mismo hogar.
(2) En el caso de que el sujeto especificado en el párrafo 5 del Artículo 76 de la Ley de Vivienda de 2023 no tenga contrato laboral, debe garantizar las condiciones de ingresos de acuerdo con las disposiciones del párrafo (1) y ser certificado por la agencia de policía a nivel comunal donde reside permanente o temporalmente o donde reside actualmente.
Dentro de los 7 días siguientes a la fecha de recepción de la solicitud de confirmación, la Policía a nivel comunal donde el ciudadano reside permanente o temporalmente o en el lugar de residencia actual en el momento de la solicitud del ciudadano es responsable de confirmar la siguiente información: Nombre completo, segundo nombre y apellido; Fecha, mes, año de nacimiento; sexo; número de identificación personal; fecha, mes, año de expedición de la tarjeta de identificación/identidad ciudadana; lugar de residencia permanente/lugar de residencia temporal/lugar de residencia actual.
Los ciudadanos son responsables de declarar y comprometerse a proporcionar información sobre el ingreso mensual promedio. La policía a nivel comunal se coordina con las agencias pertinentes para verificar y post-inspeccionar la información sobre el ingreso mensual promedio de los ciudadanos en los casos necesarios.
La solicitud de confirmación de las condiciones de ingresos estipuladas en este apartado es también un documento que prueba el objeto que tiene derecho a la política de apoyo a la vivienda social.