En el Portal de Información del Gobierno, el ciudadano H.L (Hanoi) preguntó:
En el proceso de llevar a cabo los trámites para solicitar el Certificado de Derecho de Uso de la Tierra, noté la existencia de una transición entre dos mecanismos legales: En la etapa de aplicación de la Ley de Tierras de 2013, la agencia de registro de tierras emitió un Certificado de Registro de Tierras; en la etapa de aplicación de la Ley de Tierras de 2024, la agencia de registro de tierras emitió un Aviso confirmando los resultados del registro de tierras.
Sin embargo, actualmente no existen directrices específicas y claras sobre el valor legal, la validez y la relación legal entre los dos tipos de documentos mencionados anteriormente en el proceso de implementación del procedimiento para la emisión del Certificado de Derecho de Uso de la Tierra por primera vez para individuos/hogares de acuerdo con las regulaciones vigentes, lo que lleva a una situación de aplicación inconsistente en las localidades, afectando directamente los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos.
Pregunto, sobre el valor legal de los dos tipos de documentos de registro de tierras, ¿el Certificado de Registro de Tierras emitido de acuerdo con las regulaciones de la Ley de Tierras de 2013 todavía tiene valor legal para demostrar que el usuario de la tierra ha completado los procedimientos de registro de tierras de manera válida o no?
¿Se seguirá utilizando el certificado de registro de tierras que se emitió de manera válida antes de que la Ley de Tierras de 2024 entre en vigor en los procedimientos administrativos de tierras actuales?
La Sra. Lý quiere saber si los ciudadanos que han recibido un Certificado de Registro de Tierras válido según la Ley de Tierras de 2013 deben volver a realizar los trámites de registro de tierras de acuerdo con el mecanismo de la Ley de Tierras de 2024? ¿Existe alguna base legal para regular que el antiguo Certificado de Registro de Tierras expire o ya no tenga valor de uso? En caso de que no haya regulaciones para cancelar o reemplazar, ¿tiene el organismo local de registro de tierras derecho a rechazar el valor legal del Certificado de Registro de Tierras válido emitido a los ciudadanos?
Con respecto al expediente para solicitar el Certificado de Derecho de Uso de la Tierra por primera vez para individuos/hogares que han recibido el Certificado de Registro de Tierras, ¿tienen los ciudadanos derecho a utilizar directamente este Certificado de Registro de Tierras como base para demostrar que han completado los trámites de registro de tierras para solicitar el Certificado de Derecho de Uso de la Tierra?
El Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente responde a esta pregunta de la siguiente manera:
De acuerdo con las disposiciones del apartado 1 del artículo 95 de la Ley de Tierras de 2013 y el apartado 1 del artículo 131 de la Ley de Tierras de 2024, el registro de la tierra es obligatorio para los usuarios de la tierra y las personas a las que se les asigna la tierra para su gestión.
De acuerdo con las disposiciones de la Cláusula 5, Artículo 95 de la Ley de Tierras de 2013 y la Cláusula 4, Artículo 131 de la Ley de Tierras de 2014, los usuarios de la tierra, los propietarios de los activos vinculados a la tierra que hayan declarado el registro se registran en el Registro de Tierras, se les otorga un Certificado de Derecho de Uso de la Tierra si lo necesitan y cumplen con las condiciones de acuerdo con las disposiciones de esta Ley.
La ley de tierras de 2013 no estipula la emisión de Certificados de Registro de Tierras para los registradores de tierras como la ley de tierras de 2024. La emisión de Certificados de Registro de Tierras para emitir a los usuarios de tierras que han declarado el registro es emitida por las localidades de acuerdo con su autoridad y de acuerdo con las regulaciones específicas de cada localidad.
Actualmente, de acuerdo con las regulaciones de los Artículos 14 y 15 del Decreto No. 49/2026/ND-CP, el Gobierno ha asignado a los Comités Populares Provinciales la decisión sobre la autoridad y las regulaciones sobre expedientes, procedimientos y trámites administrativos relacionados con la tierra, incluidos los procedimientos para registrar y emitir Certificados de Derecho de Uso de la Tierra, Derecho de Propiedad de Bienes Vinculados a la Tierra.
Por lo tanto, con respecto a la composición del expediente presentado con o sin Certificado de Registro de Tierras/Noticiero de confirmación de los resultados del registro de tierras al realizar el registro y la emisión del Certificado por primera vez, se solicita a la Sra. que envíe comentarios y recomendaciones al Departamento de Agricultura y Medio Ambiente donde se encuentra la tierra para obtener respuestas.