El ciudadano envió una pregunta al Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente con el contenido: Mi familia posee un terreno en la comuna. Debido a un incendio en la casa, el certificado de derecho de uso de la tierra (emitido en 1999) se incendió. Mi familia se ha puesto en contacto con la Oficina de Registro de Tierras para solicitar la reemisión del certificado de derecho de uso de la tierra.
Pero al realizar los trámites para solicitar la reemisión, no recuerda el número de serie del certificado perdido, por lo que la Oficina de Registro de Tierras no recibe expedientes porque no puede cancelar el libro antiguo, no puede reemitir el nuevo Certificado. Al mismo tiempo, se informa que actualmente no hay documentos del Ministerio que proporcionen orientación específica para este caso.
Después de consultar el expediente catastral en la Oficina de Registro de Tierras, solo hay un número en el libro de registro para emitir el certificado, fecha de emisión, sin número de serie. Por lo tanto, espero que el Ministerio responda si no recuerdo el número de serie, ¿se puede llevar a cabo el procedimiento para reemitir el certificado perdido o no? ¿Qué trámites necesita mi familia para obtener un nuevo certificado de derecho de uso de la tierra?
El Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente tiene la siguiente opinión:
En el Formulario No. 18. Solicitud de registro de cambios en la tierra y los activos vinculados a la tierra del Anexo II adjunto al Decreto No. 151/2025/ND-CP de fecha 12 de junio de 2025 del Gobierno que regula la delimitación de la autoridad del gobierno local en 2 niveles, la delegación de poderes y la descentralización en el campo de la tierra, se estipula:
En el caso de solicitar la reemisión del Certificado debido a la pérdida, se debe registrar el contenido: "solicitud de reemisión del Certificado debido a la pérdida" y mostrar la información del Certificado perdido, que incluye: Número de registro para la emisión del Certificado... ; Número de emisión del Certificado (número de serie)...", en el caso de que el usuario de la tierra, el propietario de los activos vinculados a la tierra no tenga información sobre el Certificado emitido, no debe declarar el contenido en esta sección. La agencia que resuelve los procedimientos administrativos verifica los registros catastrales, la base de datos de tierras para determinar la información en esta sección, en la que la información obligatoria debe ser la información Número de registro para la emisión del Certificado o Número de emisión del Certificado (número de serie)".
En el apartado 1 del artículo 15 del Decreto No. 49/2026/ND-CP de 31 de enero de 2026 del Gobierno que detalla y guía algunos artículos de la Resolución No. 254/2025/QH15 de la Asamblea Nacional que regula algunos mecanismos y políticas para eliminar las dificultades y obstáculos en la organización de la implementación de la Ley de Tierras se estipula:
El Comité Popular Provincial regula el orden y los procedimientos administrativos relacionados con la tierra para implementar los casos especificados en el Artículo 14 de este Decreto a más tardar el 1 de julio de 2026, asegurando la reducción y simplificación de los procedimientos administrativos de acuerdo con las regulaciones; en el que se especifica claramente la responsabilidad de las agencias y personas autorizadas en los pasos para implementar el orden y los procedimientos, el tiempo máximo para implementar el orden y los procedimientos, los componentes del expediente que deben presentarse, incluidos los documentos que prueban los sujetos exentos o reducidos de obligaciones financieras (si los hay), los formularios de implementación de procedimientos deben especificar la información para determinar las obligaciones financieras relacionadas con la tierra. Mientras no se promulguen las regulaciones sobre el orden y los procedimientos administrativos relacionados con la tierra especificados en este párrafo, el Comité Popular Provincial decidirá sobre la aplicación del orden y los procedimientos administrativos relacionados con la tierra de acuerdo con las regulaciones de la ley antes de la fecha en que este Decreto entre en vigor o decidirá sobre el orden y los procedimientos administrativos relacionados con la tierra para cada caso
Basado en las regulaciones anteriores, en el caso de que el Comité Popular Provincial regule el orden y los procedimientos administrativos sobre la tierra para implementar los casos estipulados en el Artículo 14 del Decreto No. 49/2026/ND-CP, se solicita al Sr./Sra. que se ponga en contacto con la agencia competente en la localidad para implementar.
En el caso de que el Comité Popular Provincial no haya estipulado el orden y los procedimientos administrativos sobre la tierra para implementar los casos estipulados en el Artículo 14 del Decreto No. 49/2026/ND-CP, se implementarán de acuerdo con las regulaciones en la Sección VIII Contenido C Parte I Anexo I adjunto al Decreto No. 151/2025/ND-CP, según el cual en el Formulario No. 18. Solicitud de registro de cambios en la tierra, activos adjuntos a la tierra del Anexo II adjunto al Decreto No. 151/2025/ND-CP, en el caso de solicitar la reemisión del Certificado debido a la pérdida... La agencia que resuelve los procedimientos administrativos verifica los registros catastrales, la base de datos de tierras para determinar la información en este punto, en la que la información obligatoria debe ser la información Número de registro del Certificado o Número de emisión del Certificado (número de serie).
El Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente informa para que usted lo sepa y se ponga en contacto con la autoridad competente local para ser considerado y resuelto de acuerdo con las disposiciones de la ley.