Ciudadanos envían preguntas al Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente con el contenido:
En 2014, el Comité Popular de la comuna implementó la consolidación y reagrupación de tierras. Mi familia, así como los hogares de la zona, participaron en la implementación de acuerdo con el plan aprobado.
Antes de la consolidación de tierras, mi familia tenía 5 parcelas de tierra. Después de la implementación, la familia todavía tenía 2 parcelas de tierra, incluida 1 parcela formada a partir de la consolidación de 4 parcelas de tierra anteriormente y 1 parcela mantenida en la misma ubicación según el plan de consolidación de tierras (área con fluctuaciones debido a errores de medición).
Se solicita respetuosamente al Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente que informe: Para las 2 parcelas de tierra después de la consolidación y reagrupación de tierras mencionadas anteriormente (una de las cuales se mantiene igual según el plan), ¿qué organismo tiene la autoridad para emitir el Certificado de Derecho de Uso de la Tierra?
El Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente tiene la siguiente opinión:
En el párrafo 1 del Artículo 14 del Decreto No. 49/2026/ND-CP de 31 de enero de 2026 del Gobierno que detalla y guía algunos artículos de la Resolución No. 254/2025/QH15 que estipula que el Comité Popular Provincial tiene la autoridad para decidir sobre el reconocimiento de los derechos de uso de la tierra; basándose en la Ley de Organización del Gobierno Local, la Resolución No. 190/2025/QH15 de la Asamblea Nacional sobre el manejo de algunos problemas relacionados con la reorganización del aparato estatal y la situación real de la localidad, el Comité Popular Provincial decide la descentralización y delegación de autoridad a los organismos y personas competentes para implementar las tareas estipuladas en este párrafo de manera apropiada.
En los puntos a y b del apartado 2 del artículo 14 del Decreto No. 49/2026/ND-CP se estipula que la agencia con funciones de gestión de la tierra a nivel provincial emite un Certificado para los casos en que la agencia o persona autorizada a nivel provincial decide reconocer los derechos de uso de la tierra, el Presidente del Comité Popular a nivel comunal emite un Certificado para los casos en que la agencia o persona autorizada a nivel comunal decide reconocer los derechos de uso de la tierra.
De acuerdo con las regulaciones anteriores, la autoridad para emitir Certificados por primera vez para hogares e individuos es implementada por el Departamento de Agricultura y Medio Ambiente o el Presidente del Comité Popular a nivel comunal dependiendo de la decisión del Comité Popular a nivel provincial sobre la descentralización y autorización.
En el Artículo 15 del Decreto No. 49/2026/ND-CP, se ha encomendado al Comité Popular a nivel provincial que regule el orden y los procedimientos administrativos relacionados con la tierra. Para implementar este Decreto, el Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente ha emitido el Documento Oficial No. 1153/BNNMT-QLĐĐ de fecha 3 de febrero de 2026 enviado a los Comités Populares de provincias y ciudades directamente dependientes del Gobierno sobre la implementación del Decreto No. 49/2026/ND-CP del Gobierno. En él hay orientación sobre la emisión del orden y los procedimientos para la emisión de Certificados de Derecho de Uso de la Tierra para casos según el plan de "consolidación de tierras y reagrupación de parcelas" para que las localidades consulten la emisión de procedimientos administrativos de acuerdo con su autoridad.
El Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente informa a los ciudadanos para que lo sepan y se pongan en contacto con las autoridades competentes locales para obtener orientación sobre cómo resolverlo.