Ciudadanos envían preguntas al Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente con el contenido:
Mi familia está utilizando una parcela de tierra residencial urbana (ODT) recibida por mi padre de acuerdo con el documento de acuerdo sobre la división de la herencia entre los tres hermanos. La parcela de tierra tiene su origen en los abuelos paternos; el abuelo paterno murió en 1971, la abuela paterna murió en 1997. En 2001, los tres hermanos redactaron un documento de acuerdo para que mi padre recibiera los derechos de uso de la tierra, con la confirmación del jefe del grupo vecinal y personas de prestigio en la localidad. La parcela de tierra está ubicada en una zona residencial formada en la década de 1950.
Actualmente, mi padre está realizando los trámites para la primera emisión del Certificado de Derecho de Uso de la Tierra y ha presentado todos los documentos de acuerdo con las instrucciones. Sin embargo, el funcionario de catastro solicitó la adición de documentos de pago de facturas de electricidad y agua anteriores a 1993 y el certificado de nacimiento de los dos hermanos que firmaron el documento de acuerdo de herencia. Por favor, pregunte, ¿es correcta la solicitud de adición de estos documentos según la normativa, es realmente necesaria o no?
El Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente tiene la siguiente opinión:
Los hogares e individuos que estén utilizando la tierra de manera estable pero no tengan uno de los tipos de documentos sobre los derechos de uso de la tierra estipulados en el Artículo 137 de la Ley de Tierras, que no estén sujetos a los casos estipulados en los Artículos 139 y 140 de la Ley de Tierras, se considerarán para la emisión de Certificados de acuerdo con las regulaciones del Artículo 138 de la Ley de Tierras.
En el Artículo 15 del Decreto No. 49/2026/ND-CP de 31 de enero de 2026 del Gobierno, se ha encomendado al Comité Popular Provincial que regule el orden y los procedimientos administrativos en el campo de la tierra. En consecuencia, en el caso de que el Comité Popular Provincial regule el orden y los procedimientos para la emisión de Certificados para los casos estipulados en el Artículo 138 de la Ley de Tierras de 2024 que se implementan de acuerdo con las regulaciones en el punto II del contenido C Parte V del Anexo No. 01 emitido junto con el Decreto No. 151/2025/ND-CP de 12 de junio de 2025 del Gobierno, en el proceso de consideración de la emisión de Certificados, se debe confirmar el uso estable de la tierra de acuerdo con las regulaciones en la sección (ii) punto b párrafo 3 del punto II mencionado anteriormente. Entre ellos, los documentos sobre la recaudación de dinero por electricidad y agua, dinero por uso de la tierra... son uno de los documentos para servir como base para determinar el momento del uso estable de la tierra.