El Sr. P.D.D de Hue pregunta si el Sr. A tiene una parcela de tierra baldiea que ha construido una vivienda estable desde 1999 entonces ¿se determina que es una violacion de la ley de tierras?
Se sabe que segun el expediente catastral la parcela de tierra pertenece al derecho de declaracion y registro de uso del Sr. A en el año 2003 el proposito de uso es tierra residencial en la ciudad y tierra para plantar arboles de larga data.
El Sr. D pregunto: ahora el Sr. A quiere solicitar la emision de un libro rojo ¿sera segun lo dispuesto en el Articulo 138 o el Articulo 139 de la Ley de Tierras de 2024?
El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural responde a este problema de la siguiente manera:
La aplicacion de la politica para considerar y emitir certificados a hogares y particulares que utilizan la tierra debe basarse en cada caso especifico y debe basarse en los expedientes de gestion de la tierra en la localidad. El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural opina sobre los siguientes principios:
La ley de tierras actual ha estipulado la emision de certificados de derecho de uso de la tierra y otros derechos de propiedad relacionados con la tierra por primera vez a particulares y hogares que utilizan la tierra en los articulos 137 138 139 140 y 141 de la Ley de Tierras de 2024.
El procedimiento y los tramites para registrar la tierra y los bienes relacionados con ella por primera vez para individuos comunidades residenciales y hogares que utilizan la tierra y el procedimiento y los tramites para emitir certificados de derecho de uso de la tierra y derechos de propiedad de los bienes relacionados con ella por primera vez se regulan en el Capitulo II y el Capitulo V contenido C Parte V Anexo I emitido junto con el Decreto No. 151/2025/ND-CP de 12 de junio de 2025 del Gobierno que regula la delimitacion de la autoridad del gobierno local en 2 niveles
La emision de certificados por primera vez a hogares y particulares esta bajo la autoridad del presidente del Comite Popular de la comuna (segun lo dispuesto en el punto b parrafo 1 Articulo 5 Decreto No. 151/2025/ND-CP).
El Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente informa a los ciudadanos para que investiguen y se pongan en contacto con las autoridades competentes locales para que se resuelva de acuerdo con las regulaciones.