Los lectores hacen preguntas, la familia tiene 847m2 de tierras, de las cuales 300m2 son tierras residenciales y 547m2 son tierras agricolas. El libro rojo se emitio en 1999, la tierra no tiene disputas ni violaciones de la ley hasta la fecha.
Los lectores se preguntan, si el estado recupera tierras para construir carreteras, ¿la familia obtiene suficiente compensacion para tierras residenciales para garantizar el alojamiento para los hogares que viven o no?
Respondiendo al problema anterior, el Departamento de Administracion de Tierras (Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente) dijo que el principio de compensacion, apoyo y reasentamiento cuando el estado recupera tierras se prescribe en el articulo 91 de la ley de tierras en 2024.
Declaro claramente que la compensacion por la tierra se realiza asignando tierras con el mismo proposito de uso con el tipo de tierra recuperada.
En caso de que no haya tierras para la compensacion, la compensacion es compensada por el dinero de acuerdo con el precio especifico de la tierra del tipo de tierra recuperada decidida por el Comite Popular competente al momento de aprobar el plan de compensacion, apoyo y reasentamiento.
Condiciones para la compensacion por la tierra cuando el estado recupera tierras con fines de defensa nacional y seguridad; El desarrollo socioeconomico para el beneficio nacional y publico se especifica en el Articulo 95 de la Ley de Tierra 2024 y el Articulo 5 del Decreto del Gobierno No. 88/2024/ND -CP que estipule la compensacion, el apoyo y el reasentamiento cuando el estado recupera la tierra.
Para tierras agricolas, las disposiciones de compensacion en caso de que el estado recupere el estado de acuerdo con el articulo 96 de la ley de tierras 2024; Articulo 4, Articulo 12 del Decreto No. 88/2024/ND-CP.
Para tierras residenciales, las disposiciones de compensacion en caso de que el estado recupere el estado prescrito en el articulo 98 de la Ley de Tierras 2024; Articulo 4, Articulo 11 del Decreto No. 88/2024/ND-CP.
El acuerdo de reasentamiento para los hogares con muchas generaciones o muchas parejas que viven juntas en una parcela de tierra residencial se recuperan si son elegibles para dividirse en hogares separados de acuerdo con la ley en residencia, cumplen con la clausula 4, Articulo 111 de la Ley de Tierras 2024.
En casos especificos de lectores, el Departamento de Administracion de Tierras propuso contactar a la Agencia de Gestion del Estado sobre la localidad para obtener orientacion y trabajo.