De acuerdo con el apartado 9 del articulo 3 de la Resolucion 254/2025/QH15 (vigente a partir del 1 de enero de 2026), se estipula lo siguiente:
Articulo 3. Regulaciones sobre la recuperacion de tierras, compensacion, apoyo y reasentamiento
9. El orden y los procedimientos de compensacion, apoyo, reasentamiento, recuperacion de tierras con fines de defensa nacional, seguridad; desarrollo socioeconomico en beneficio nacional y publico se estipulan en la Ley de Tierras, los documentos que detallan, guian la implementacion de la Ley de Tierras y estipulan lo siguiente:
a) Antes de emitir una decision de recuperacion de tierras, la autoridad competente envia un aviso de recuperacion de tierras a la persona que tiene la tierra recuperada, el propietario de los activos vinculados a la tierra, la persona con derechos y obligaciones relacionados (si los hay) para que lo sepa a mas tardar 60 dias para la tierra agricola y 120 dias para la tierra no agricola.
El plazo estipulado en este punto no se aplica a los casos estipulados en el apartado 2 del articulo 85 de la Ley de Tierras;
b) El plazo para publicar publicamente el plan de compensacion, apoyo y reasentamiento en la sede del Comite Popular a nivel comunal, el lugar de residencia comun de la zona residencial donde se recupera la tierra, publicado en el Portal de Informacion Electronica del Comite Popular a nivel comunal es de 10 dias. El plazo para organizar un dialogo en caso de que todavia haya opiniones que no esten de acuerdo con el plan de compensacion, apoyo y reasentamiento es de no mas de 30 dias a partir de la fecha de organizacion de la toma de opiniones sobre el plan de compensacion, apoyo y reasentamiento;
c) El Comite Popular Provincial regula la organizacion de la implementacion de la reubicacion en el caso de que el lugar de reubicacion este fuera del area de la unidad administrativa a nivel comunal donde se recupera la tierra.
Por lo tanto, a partir del 1 de enero de 2026, se acortara el plazo para notificar la recuperacion de tierras a 60 dias para tierras agricolas y 120 dias para tierras no agricolas (lo dispuesto en el apartado 1 del articulo 85 de la Ley de Tierras de 2024 es de 90 dias para tierras agricolas y 180 dias para tierras no agricolas).