De conformidad con la Clausula 1, Articulo 121 de la Ley de Tierras de 2024 que estipula el cambio de uso de la tierra como sigue:
Articulo 121.
1. Los casos de cambio de uso de la tierra deben ser permitidos por agencias estatales competentes que incluyan:
a) convertir tierras de arroz, tierra forestal de uso especial, tierra forestal protectora y tierra forestal de produccion a otros tipos de tierras en grupos de tierras agricolas;
b) convertir tierras agricolas en tierras no agricolas;
c) transferir otros tipos de tierra a tierras de reproduccion concentrada al implementar proyectos de cria concentrados a gran escala;
d) La transferencia de tierras no agricolas ha sido asignada por el estado por el estado sin recolectar gravamenes de uso de la tierra a otros tipos de tierras no agricolas que el estado asigna tierras con teso de uso de la tierra o arrendamiento de tierras;
d) transferir tierras no agricolas no es tierras residenciales a tierras residenciales;
e) Transferencia de tierras para la construccion de obras no comerciales y tierras utilizadas para fines publicos con el proposito de comerciar en produccion no agricola y tierras comerciales;
g) La transferencia de produccion no agricola y tierras comerciales no es tierra comercial y de servicio a tierras comerciales y de servicio.
Por lo tanto, en el caso de tierras residenciales de tierras agricolas es uno de los casos de cambiar el proposito del uso de la tierra, que debe ser permitido por la agencia estatal competente.
La autoridad esta a la altura de la actualidad para el permiso de ir a tierras residenciales desde las tierras agricolas del individuo aun es del Comite Popular del Distrito (Punto A, Clausula 2, Articulo 123 de la Ley de Tierras 2024).
Sin embargo, esto solo se mantiene hasta el 30 de junio de 2025. Debido a que a partir del 1 de julio de 2025, el distrito dejara oficialmente de trabajar bajo el modelo de dos gobiernos locales.
De acuerdo con las disposiciones del punto M, la clausula 1, Articulo 5 del Decreto 151/2025/ND-CP entra en vigencia de 1.7.2025, con los siguientes contenidos:
Articulo 5. La autoridad del Comite Popular de nivel de distrito y el Presidente del Comite Popular de nivel del Distrito transferido al Presidente del Comite Popular de la Comuna a nivel de comuna
1. La autoridad del Comite Popular de nivel de distrito de conformidad con la Ley de Tierras Transferido al Presidente del Comite Popular de la Comuna, incluyendo:
- Decision sobre la asignacion de tierras, arrendamiento de tierras, permiso para cambiar el proposito de uso de la tierra a las personas especificadas en los puntos C, Clausula 1 y Punto A, Clausula 2, Articulo 123 de la Ley de Tierras; Decision sobre asignacion de tierras a la comunidad prescrita en el punto B, Clausula 2, articulo 123 de la ley de tierras; decision sobre asignacion de tierras agricolas a individuos especificados en el punto B, clausula 2, articulo 178 de la ley de tierras;
En consecuencia, a partir del 1 de julio de 2025, la autoridad permitio llegar a tierras residenciales desde tierras agricolas hasta individuos bajo la autoridad del Comite Popular de la Comuna.