Basandose en el parrafo 1 del articulo 85 de la Ley de Tierras de 2024 se estipula lo siguiente:
Articulo 85. Notificacion de la recuperacion de tierras y cumplimiento de la decision de recuperacion de tierras con fines de defensa nacional y seguridad; desarrollo socioeconomico para los intereses nacionales y publicos.
1. Antes de emitir una decision de recuperacion de tierras la agencia estatal competente debe enviar un documento de notificacion de recuperacion de tierras a la persona que tiene la tierra recuperada el propietario de los bienes relacionados con la tierra y las personas con derechos y obligaciones relacionados (si los hay) a mas tardar 90 dias para la tierra agricola y 180 dias para la tierra no agricola. El contenido de la notificacion de recuperacion de tierras incluye: motivo de la recuperacion de la tierra; area y ubicacion de la zona de tierra recuperada; progreso de la recuperacion de la tierra; plan de investigacion
2. En el caso de que los usuarios de la tierra los propietarios de los bienes inmuebles asociados a la tierra y las personas con derechos y obligaciones relacionados en el area de recuperacion de la tierra esten de acuerdo en permitir que la agencia estatal competente recorte la tierra antes del plazo estipulado en el apartado 1 de este articulo el Comite Popular competente decidira la recuperacion de la tierra sin tener que esperar hasta el final del plazo estipulado en el apartado 1 de este articulo.
Por lo tanto antes de emitir una decision de recuperacion de tierras la agencia estatal competente debe informar a la persona que tiene la tierra recuperada a mas tardar 90 dias para la tierra agricola.