Entre ellos el estandar profesional principal de los profesores universitarios se estipula en el Articulo 6 del borrador de la Circular. Especificamente de la siguiente manera:
Los profesores universitarios principales deben cumplir con los estandares de etica profesional estipulados en el Articulo 4 de esta Circular y los siguientes estandares:
1. Estandares sobre el nivel de formacion y capacitacion:
a) Tener una maestria o mas adecuada para el puesto de trabajo el sector o la especialidad de la enseñanza;
b) Tener un certificado de formacion profesional estandar para profesores universitarios.
2. Estandares de capacidad profesional y profesional:
a) Tener un conocimiento solido de las asignaturas asignadas para la enseñanza y el conocimiento basico de algunas asignaturas relacionadas en la especialidad de formacion asignada;
b) Comprender y implementar eficazmente los objetivos planes contenidos y programas de las asignaturas asignadas. Comprender oportunamente los requisitos practicos para la especialidad de formacion;
c) Tener capacidad de investigacion cientifica en la que:
Dirigir la implementacion de al menos 01 (una) tarea de ciencia y tecnologia a nivel de base o superior aprobada con resultados que cumplan los requisitos;
Dirigir o participar en la compilacion de al menos 01 (uno) libro de servicio de formacion que haya sido evaluado y aprobado por el consejo cientifico (probado por el jefe de la institucion de educacion superior o la autoridad competente) para su aceptacion y puesta en uso en la formacion y la formacion desde el nivel universitario en adelante adecuado para la especialidad de enseñanza o formacion de los profesores y con un codigo estandar internacional ISBN;
Los autores de al menos 03 (ba) articulos cientificos son trabajos de investigacion cientifica de profesores que han sido publicados en revistas cientificas con codigos estandar internacionales ISSN.
d) Tener capacidad para aplicar la tecnologia de la informacion y el uso de idiomas extranjeros en la realizacion de las tareas del titulo de profesor universitario titular;
d) Los profesores universitarios pueden registrarse para el examen de ascenso profesional en el titulo de profesor universitario titular cuando cumplan con los estandares profesionales de los profesores universitarios titulares estipulados en este articulo; deben tener un tiempo de permanencia en el titulo de profesor universitario titular o equivalente minimo de 06 (seis) años para personas con maestria; minimo de 04 (cuatro) años para personas con doctorado; de los cuales debe haber al menos 01 año (minimo 12 meses) de permanencia en el titulo de profesor universitario titular hasta el final del plazo para presentar la solicitud
El borrador de la Circular que regula los estandares profesionales de los profesores de enseñanza en instituciones de educacion superior se considerara hasta el 31 de octubre de 2025.