El articulo 4 del Decreto 120/2020/ND-CP regula los principios de establecimiento reorganizacion y disolucion de unidades de servicio publico de la siguiente manera:
- La creacion reorganizacion y disolucion de unidades de servicio publico publico debe garantizar las condiciones procedimientos y jurisdiccion correctas estipuladas en el Decreto 120/2020/ND-CP (en caso de que la ley especializada tenga otras disposiciones se implementa de acuerdo con las disposiciones de la ley especializada); una unidad de servicio publico publico puede ofrecer muchos servicios de servicio publico del mismo tipo.
- Las unidades de servicio publico recien establecidas (incluidas las unidades de servicio publico pertenecientes a las unidades de servicio publico) deben garantizar el gasto corriente y el gasto de inversion (excepto en el caso de tener que establecerse nuevamente para proporcionar servicios publicos basicos y esenciales). En cuanto a las unidades de servicio publico pertenecientes a las unidades de servicio publico pertenecientes a las unidades de servicio publico deben garantizar el gasto corriente y el gasto de inversion cuando se establezcan nuevas (incluido el caso de proporcionar servicios publicos basicos y esenciales) deben garantizar el gasto
- Las unidades de servicio publico que operan de manera ineficiente deben reorganizarse o disolverse. La reorganizacion de las unidades de servicio publico no debe aumentar el numero de personas que reciben salarios del presupuesto estatal aprobado por la autoridad competente garantizando la implementacion correcta de las regulaciones sobre el numero de subdirectores de la unidad y la implementacion de la reduccion de personal de acuerdo con las regulaciones.