De conformidad con la Seccion I y la Seccion II, Capitulo II de la Ley de 2010 sobre funcionarios, que establece actividades comerciales y de trabajo para personas que trabajan en la estacion de salud de la comuna:
Estar operando ademas del tiempo de trabajo prescrito en el contrato de trabajo, a excepcion de otras leyes.
Firmo un contrato, trabaja con otras agencias, organizaciones y unidades que la ley no prohibe, pero debe completar las tareas asignadas y tener el consentimiento del jefe de la unidad publica de no ocupacion.
Ser contribuido con capital pero no participar en la administracion y administracion de compañias de responsabilidad limitada, compañias de acciones conjuntas, asociaciones, cooperativas, hospitales privados, escuelas privadas y organizaciones de investigacion cientifica privada, excepto otras leyes especializadas.