El parrafo 1 del articulo 24 del Decreto 184/2025/ND-CP que entro en vigor el 1 de julio de 2025 estipula lo siguiente:
Articulo 24.Modificacion y adicion de algunos articulos del Decreto No. 40/2024/ND-CP de 16 de abril de 2024 del Gobierno que regula detalladamente algunos articulos de la Ley de Fuerzas que participan en la proteccion de la seguridad y el orden en la base 1.
Modificacion y adicion de la Clausula 2 Articulo 4 de la siguiente manera: “2.
Establecer un plan para equipar y comprar vehiculos y equipos para las fuerzas que participan en la proteccion de la seguridad y el orden en la base: a) En el caso de que el Ministerio de Seguridad Publica equipe vehiculos y
Por lo tanto antes del 1 de julio de 2025 la policia a nivel comunal sintetiza las necesidades de vehiculos y equipos necesarios para equipar a las fuerzas que participan en la proteccion de la seguridad y el orden en la base y las envia a la policia a nivel distrito. Despues del 1 de julio de 2025 la policia a nivel comunal sintetiza las necesidades de vehiculos y equipos necesarios para equipar a las fuerzas que participan en la proteccion de la seguridad y el orden en la base y informa a la policia provincial.
Ademas en el caso de que el presupuesto local apoye los gastos de adquisicion de vehiculos y equipos para las fuerzas que participan en la proteccion de la seguridad y el orden en la base la Policia de nivel comunal recopila las necesidades de vehiculos y equipos necesarios y los envia al Comite Popular del mismo nivel para informar al Comite Popular Provincial (en lugar del Comite Popular del distrito anterior) para que tenga un plan para apoyar la compra y el equipamiento de vehiculos y equipos para las fuerzas que participan en la proteccion de la seguridad y el orden en la base de acuerdo con las regulaciones