Articulo 19 del decreto No. 170/2025/ND-CP (efectivo de 1.7.2025) estipula el reclutamiento, uso y gestion de funcionarios de los funcionarios de la siguiente manera:
1. Al menos 5 dias habiles a partir de la fecha de la expiracion de la finalizacion del expediente de reclutamiento, segun lo prescrito en la Clausula 1, Articulo 18 de este decreto, el jefe de la agencia de reclutamiento competente emite la decision de reclutamiento, enviando avisos a la persona de admision. El contenido de las decisiones de reclutamiento incluye reclutamiento, ubicacion de trabajo y clasificacion correspondiente al puesto de trabajo. La agencia de reclutamiento competente es responsable de solicitar la autoridad competente de acuerdo con la ley sobre registros judiciales que otorgan registros judiciales de la persona exitosa.
2. No mas tarde de 30 dias a partir de la fecha de decision de reclutamiento, la persona reclutada debe venir a recibir un trabajo, excepto los casos en que la decision de reclutamiento es diferente de otros terminos o la agencia de reclutamiento acepta extender.
3. En caso de que la persona reclutada no llegue a recibir el trabajo dentro del limite de tiempo especificado en la clausula 2 de este articulo o la tarjeta de registro judicial determinada como uno de los casos en que el funcionario no esta registrado, el jefe de la agencia de reclutamiento cancela la decision de reclutamiento.
4. At the end of the time limit specified in Clause 2 of this Article, the competent authority recruits publicly on the website or the electronic portal of the agency and sends a notice to the recruiters with lower recruitment results (in order) compared to the recruitment results of the admission person whose recruitment results are canceled according to the provisions of Clause 2, Article 18 of this Decree or the recruitment decision in the form of the application for the completion of the dossier to the finalizacion de esto al menos 15 dias desde el vencimiento del plazo especificado en la clausula 2 de este articulo.
En el caso de 2 o mas personas con resultados de reclutamiento mas bajos mas bajos, el jefe de la agencia competente recluta la decision de la persona exitosa de acuerdo con la Clausula 2, Articulo 10 de este decreto (en caso de organizar el examen) o prescrito en la Clausula 2, Articulo 12 de este Decreto (en caso de admision).