El Ministerio de Educación y Formación (GDĐT) acaba de publicar un borrador de Circular que modifica y complementa las regulaciones sobre la inspección y evaluación de estudiantes de primaria, secundaria inferior (THCS), secundaria superior (THPT) para obtener comentarios.
Esta regulación modifica y complementa algunos artículos de la Circular No. 27/2020/TT-BGDĐT (Circular No. 27) que regula la evaluación de estudiantes de primaria y la Circular No. 22/2021/TT-BGDĐT (Circular No. 22) que regula la evaluación de estudiantes de secundaria y preparatoria para mejorar las políticas, garantizar la sincronización entre el trabajo de evaluación de estudiantes y las nuevas regulaciones de la ley, los requisitos de transformación digital de la industria y el modelo de organización del gobierno local de dos niveles.
Organización de inspecciones periódicas en forma de computadora
El borrador de la Circular permite por primera vez a las escuelas organizar exámenes y evaluaciones periódicas utilizando pruebas informáticas. Esta forma se implementa cuando las escuelas cumplen con las condiciones de instalaciones, infraestructura de tecnología de la información, software de examen y evaluación y personal operativo de acuerdo con las directrices del Ministerio de Educación y Formación.
La escuela debe notificar previamente a los estudiantes y padres sobre la forma de la prueba y los requisitos técnicos. Los resultados de la prueba en la computadora tienen un valor legal equivalente al examen en papel.
El borrador señala que las escuelas deben preparar planes de contingencia en caso de incidentes técnicos (organizar una nueva prueba o cambiar a una forma en papel dentro de los 7 días hábiles) y realizar ajustes razonables para que los estudiantes con discapacidad aún puedan acceder a esta forma de prueba o cambiar a una forma adecuada.
Uso de expedientes académicos digitales
Si la Circular 27 y la Circular 22 regulan principalmente la gestión, el registro y la recepción de expedientes académicos de forma tradicional, el proyecto de enmienda unifica el uso de expedientes académicos digitales en el registro, la actualización y la gestión de los resultados de la evaluación de los estudiantes.
Para el nivel primario, el expediente de evaluación de cada año escolar de los estudiantes incluye el expediente académico digital y la tabla de resumen de los resultados de la evaluación educativa de la clase. El director es responsable de dirigir la aceptación y entrega de los resultados educativos, el expediente de evaluación y los datos del expediente académico digital, asegurando información completa, precisa, oportuna y consistente con los datos de gestión de la escuela.
En el nivel secundario, el borrador complementa las regulaciones para aclarar el uso de los expedientes académicos digitales; los requisitos como escribir con bolígrafo, corregir con tinta roja, firmar y sellar directamente solo se aplican a los expedientes académicos en papel durante el período de transición. La actualización, edición, firma digital, publicación, almacenamiento, explotación y uso de los expedientes académicos digitales se lleva a cabo de acuerdo con las regulaciones del Ministerio de Educación y Formación.
Flexibilidad en la evaluación y reconocimiento del progreso de los estudiantes
El borrador regula de manera más específica la evaluación de los estudiantes con discapacidad tanto en la escuela primaria como en la secundaria. El principio rector es la evaluación basada en el plan de educación personal y el progreso del propio estudiante, no en comparación con otros estudiantes. El contenido de la evaluación puede incluir los resultados de la formación, el aprendizaje y el contenido de la educación de habilidades específicas si las hay.
El borrador estipula que, para los estudiantes de 9o y 12o grado, la revisión y evaluación de los resultados de la formación y el estudio durante las vacaciones de verano se organiza de manera flexible en términos de tiempo, sin afectar el progreso de la admisión y garantizando los derechos de aprendizaje de los estudiantes en el siguiente nivel educativo.