La Sra. A.M fue reclutada como funcionaria en 2010, nombrada Profesora Principal de Primaria, código 15a. 204 en noviembre de 2011. En diciembre de 2016, fue nombrada por el Comité Popular del distrito para el título profesional Profesora de Primaria de Grado III, código V.07. 03. 08.
En septiembre de 2023, la Sra. M fue nombrada por el Comité Popular del distrito para el título profesional de Profesora de Primaria de Grado III, código V.07. 03. 29 (en este momento cumplía con los requisitos para el título de Profesora de Primaria de Grado II, pero solo fue transferida a la nueva clase III).
La Sra. M ha cumplido con las condiciones para la consideración de la transferencia del título de Profesora de Primaria de Grado II de acuerdo con la Circular No. 08/2023-BGDĐT. Preguntó, si presenta una solicitud para la consideración de la transferencia del título profesional, ¿a partir de qué momento se calculará el tiempo para mantener el título profesional?
Sobre este tema, el Ministerio de Educación y Formación dijo que, para ser nombrada para el título profesional de Profesora de Primaria de Grado II (código V.07. 03.28), la Sra. A.M debe participar y ser admitida en el examen de ascenso de título profesional de Profesora de Primaria de Grado III a Grado II organizado por la autoridad competente local de acuerdo con las disposiciones de la ley.
De acuerdo con las regulaciones en los párrafos 1 y 2 del Artículo 31 del Decreto No. 115/2020/ND-CP de fecha 25 de septiembre de 2020 del Gobierno que regula el reclutamiento, uso y gestión de funcionarios públicos (modificado y complementado en el Decreto No. 85/2023/ND-CP de fecha 7 de diciembre de 2023), la consideración para la promoción a títulos profesionales debe basarse en el puesto de trabajo, los estándares de títulos profesionales y ser consistente con la estructura de funcionarios públicos según los títulos profesionales de las unidades de servicio público que hayan sido aprobadas por la autoridad competente.
Al mismo tiempo, los funcionarios públicos pueden registrarse para la consideración de la promoción a títulos profesionales si las unidades de servicio público tienen necesidades y cumplen con los estándares y condiciones según las regulaciones.
Los estándares y condiciones para la consideración de la promoción al título profesional de profesor de primaria de grado II (código V.07. 03.28) se implementan de acuerdo con las regulaciones del Artículo 5 de la Circular No. 13/2024/TT-BGDĐT de fecha 30 de octubre de 2024 del Ministro de Educación y Formación y las regulaciones específicas en el proyecto, plan y guía para organizar la consideración de la promoción de la agencia competente en la localidad.
Entre ellos, el tiempo de ocupación del título profesional Profesor de primaria de grado III es solo uno de los estándares y condiciones para registrarse para participar en la consideración de ascenso.
En el caso de que la Sra. M haya cumplido plenamente con los estándares y condiciones para la consideración del ascenso de categoría de acuerdo con las regulaciones, la institución educativa donde trabaja tiene la necesidad y todavía tiene un cupo de Profesor de Primaria de Grado II; al mismo tiempo, la agencia competente en la localidad organiza la consideración del ascenso de categoría del título profesional Profesor de Primaria de Grado III al título profesional Profesor de Primaria de Grado II, entonces puede presentar una solicitud para registrarse para participar en la consideración del ascenso de categoría de acuerdo con el proyecto, el plan y las directrices locales.
Si durante el período de trabajo no se interrumpe de acuerdo con las disposiciones de la ley, entonces el tiempo de ocupación del título profesional de Maestra de Primaria de Grado III de la Sra. se calcula desde noviembre de 2011 hasta junio de 2026 es de aproximadamente 14 años y 6 meses.