El Sr. V.B. C dijo que, de acuerdo con las regulaciones en el punto d, párrafo 2, Artículo 2 de la Decisión No. 244/2005/QD-TTg, el nivel de subsidio del 40% se aplica a los docentes que enseñan directamente en escuelas de pedagogía y facultades de pedagogía.
Sin embargo, en la práctica, algunas instituciones de educación superior tienen un modelo de la Facultad de Pedagogía fusionada con otra Facultad (por ejemplo: Facultad de Lenguas Extranjeras - Pedagogía o organización de departamentos de pedagogía pertenecientes a la sucursal).
Entonces, ¿los funcionarios que enseñan pedagogía en el Departamento de Pedagogía perteneciente a la sucursal (no la Facultad de Pedagogía, Escuela de Pedagogía) y enseñan lenguas extranjeras (no enseñan pedagogía) en la Facultad de Lenguas Extranjeras - Pedagogía tienen derecho a una asignación preferencial del 40% o del 25%?

Actualmente, la Decisión No. 244/2005/QD-TTg tiene contenido poco claro sobre este tema y el proyecto de Decreto que se promulgará pronto tampoco está claro sobre este tema, espero que el Ministerio de Educación y Formación responda", preguntó el Sr. C al Ministerio de Educación y Formación.
Sobre este contenido, el Ministerio de Educación y Formación dijo que el régimen de subsidios preferenciales para los docentes actualmente se implementa de acuerdo con las regulaciones de la Decisión No. 244/2005/QD-TTg de fecha 6 de octubre de 2005 del Primer Ministro y documentos de orientación y documentos relacionados.
En consecuencia, el nivel de subsidio preferencial del 40% se aplica a los docentes que enseñan directamente en escuelas pedagógicas, facultades pedagógicas (universidades, colegios, escuelas secundarias), escuelas de gestión educativa y formación, y a los docentes que enseñan materias políticas en escuelas secundarias vocacionales, escuelas vocacionales.
Sin embargo, en la práctica organizativa de algunas instituciones de educación superior actuales, la facultad de formación pedagógica se fusiona y reorganiza junto con otras facultades según un modelo multidisciplinario y multisectorial. Para estos casos, las regulaciones actuales no han definido claramente la aplicación del régimen de subsidios preferenciales por profesión para los docentes que imparten módulos y materias en el campo de la pedagogía, lo que lleva a una comprensión y una implementación no uniformes entre las instituciones educativas.
Recibiendo las opiniones y recomendaciones de los ciudadanos, el Ministerio de Educación y Formación está presidiendo la elaboración de un Decreto que regula el régimen de subsidios preferenciales por profesión para los docentes, los funcionarios de gestión de las instituciones educativas y el personal de apoyo educativo en las instituciones educativas públicas.
El proyecto de Decreto ha especificado los sujetos y condiciones de aplicación para los profesores que imparten clases en facultades con formación pedagógica, incluidas las facultades organizadas según el modelo de fusión, como base legal para que las instituciones educativas implementen de manera unificada en el futuro.