Hasta el 26 de agosto, la mayoría de las localidades de todo el país han anunciado planes para organizar las instituciones educativas en el área. Junto con la fusión de escuelas, las localidades también prestan especial atención a la resolución del régimen para el personal excedente.
Entre los planes de reorganización y fusión de escuelas anunciados por las localidades, muchos planes de personal citan el Decreto 154/2025/ND-CP para resolver el régimen para directores, subdirectores, profesores y empleados redundantes.
Régimen para personal que renuncia voluntariamente
El personal excedente sujeto a reducción de personal al fusionar escuelas, si solicita voluntariamente el despido y es aprobado por la autoridad competente, recibirá una indemnización por despido junto con las políticas de seguro de acuerdo con las regulaciones del Decreto 154/2025/ND-CP que regula la reducción de personal.
De acuerdo con el artículo 8 del Decreto 154/2025/ND-CP, los sujetos que aún no han alcanzado la edad de jubilación y no cumplen con las condiciones para disfrutar de la política de jubilación anticipada estipulada en el artículo 6 de este Decreto, si renuncian inmediatamente, tienen derecho a los siguientes regímenes:
Los beneficiarios recibirán una asignación de 3 meses de salario para encontrar trabajo; Asignación de 1,5 meses de salario actual por cada año de trabajo con cotización obligatoria al seguro social. Se conserva el tiempo de cotización obligatoria al seguro social o se disfruta del seguro social de una sola vez de acuerdo con las disposiciones de la ley sobre seguro social.
Política de despido después de la formación profesional
Además, los sujetos menores de 45 años, con salud, espíritu de responsabilidad y conciencia de la disciplina organizativa, pero que estén ocupando trabajos que no sean apropiados en términos de nivel de formación, especialización de formación, que deseen renunciar, serán facilitados por la agencia, organización, unidad para ir a la formación profesional antes de resolver la renuncia, buscar un nuevo trabajo por sí mismos y disfrutar de los siguientes regímenes:
Ser elegible para recibir el salario actual y ser pagado por la agencia o unidad para el seguro social, el seguro médico, el seguro de desempleo (si pertenece a los sujetos que participan en el seguro de desempleo) durante el período de formación profesional, pero el período máximo de beneficio es de 06 meses;
Ser subsidiado con una cantidad de fondos para la formación profesional equivalente al costo del curso de formación profesional de un máximo de 06 meses del salario actual para pagar a la institución de formación profesional;
Después de finalizar la formación profesional, recibir una asignación de 03 meses de salario actual en el momento de la formación para encontrar trabajo;
Obtener una asignación de 0,5 meses de salario actual por cada año de trabajo con cotización al seguro social;
Durante el tiempo de formación profesional, se cuenta el tiempo de trabajo continuo, pero no se cuenta la antigüedad para aumentar el salario regularmente cada año.
Se permite conservar el tiempo de cotización al seguro social obligatorio o disfrutar del seguro social de una sola vez de acuerdo con las disposiciones de la ley sobre seguro social.
Por lo tanto, el Decreto 154/2025/ND-CP es una base importante para resolver el régimen para maestros, funcionarios públicos, directores y subdirectores redundantes después de la fusión de escuelas.
Las agencias de gestión darán prioridad a la asignación, transferencia, rotación o reorganización de puestos de trabajo. Solo cuando estén sujetos a la reducción de personal de acuerdo con el plan aprobado por la autoridad competente y cumplan plenamente las condiciones del Decreto 154, se considerará la aplicación de 03 grupos de políticas que incluyen la jubilación anticipada (Artículo 6 del Decreto 154), la transferencia para trabajar en organizaciones que no reciben salario regular del presupuesto estatal (Artículo 7 del Decreto 154) o el despido (Artículo 8 del Decreto 154).
Además del Decreto 154/2025/ND-CP, el manejo del personal excedente después de la fusión de escuelas también debe basarse en la Ley de Profesores de 2025, la Ley de Funcionarios Públicos, los documentos del Ministerio de Educación y Formación, el Ministerio del Interior y el plan de reorganización específico de cada localidad.