Si se aprueba, la nueva Circular sustituirá a la Circular No. 01/2024/TT-BGDĐT de 2024 del Ministro de Educación y Formación que regula los estándares nacionales para las instituciones de educación superior.
Según el Ministerio de Educación y Formación, la elaboración de la Circular tiene como objetivo implementar las disposiciones de la Ley de Educación Superior de 2025, y al mismo tiempo continuar innovando los métodos de gestión estatal de la educación superior en la dirección de fortalecer la autonomía, la transparencia y la rendición de cuentas.
El Ministerio cree que el punto central es pasar de un enfoque de gestión basado principalmente en el control de las condiciones de admisión y el proceso de implementación a la supervisión de la calidad, la eficiencia operativa y los resultados de las instituciones de educación superior. A través de esto, las escuelas mejoran proactivamente la calidad, se auto-innovan y promueven plenamente el derecho a la autonomía vinculado a la rendición de cuentas ante los estudiantes y la sociedad.
El borrador incluye 19 criterios en 6 estándares sobre: Organización y gestión; profesores; instalaciones; finanzas; admisión y formación; ciencia, tecnología e innovación.
En comparación con la circular 01 de 2024, la mayoría de los criterios se mantienen sin cambios. Por ejemplo, con respecto al profesorado, la proporción de estudiantes por profesor a tiempo completo debe ser de 40 o menos; la proporción de profesores de planta debe ser de al menos el 70% del total. El grupo de profesores con doctorado debe alcanzar el 20-40% o más, y a partir de 2030 será del 50%.
En la admisión y la formación, el Ministerio de Educación y Formación requiere que la tasa de admisión por encima del objetivo no sea inferior al 50%; la escala de formación no disminuye más del 30% en los últimos tres años.
La tasa de abandono escolar anual no es superior al 10%, especialmente en el primer año no superior al 15%. Los estudiantes que se gradúan a tiempo son del 40% o más, la tasa de empleo adecuado para la especialidad en los 12 meses posteriores a la graduación no es inferior al 70%. Los profesores deben recibir la satisfacción de al menos el 70% de los estudiantes.

La diferencia son los criterios relacionados con la transformación digital. Además de los requisitos de las instalaciones tradicionales, el borrador complementa y aclara los indicadores de los sistemas de aprendizaje digital, los materiales de aprendizaje digital, los recursos de acceso abierto y el nivel de explotación y uso por parte de los estudiantes y profesores.
Por ejemplo, la proporción de profesores y estudiantes que reciben cuentas de acceso válidas es del 100% y un mínimo del 90% de los estudiantes tienen actividades de aprendizaje derivadas en el sistema de aprendizaje digital durante el año académico.
El Ministerio reconoce que la inclusión de criterios relacionados con los sistemas de aprendizaje digital, los datos de aprendizaje digital y la infraestructura de datos en el conjunto de estándares mínimos creará motivación para que las instituciones de educación superior impulsen la inversión en tecnología, desarrollen un entorno de aprendizaje flexible, amplíen las oportunidades de aprendizaje permanente y mejoren la experiencia de aprendizaje de los estudiantes en el contexto de la transformación digital.
Además, el organismo redactor propone una serie de indicadores específicos para las escuelas que forman en los campos de Derecho y Salud, principalmente relacionados con la práctica de los estudiantes.