Esta Circular regula la autoridad para reclutar docentes en instituciones educativas publicas pertenecientes al sistema educativo nacional; se aplica a las instituciones educativas publicas, los Departamentos de Educacion y Formacion, otras organizaciones e individuos relacionados; no se aplica a las instituciones educativas especificadas en los puntos a, b, c del apartado 2 del articulo 14 de la Ley de Profesores No. 73/2025/QH15.
Autoridad para contratar maestros en instituciones de educacion preescolar, educacion general y educacion continua
Segun la Circular, la autoridad para reclutar docentes en instituciones de educacion preescolar, educacion general, educacion continua, escuelas especializadas (excepto las escuelas preparatorias universitarias) y escuelas secundarias vocacionales publicas se implementa de acuerdo con las regulaciones en el punto a del apartado 1 del articulo 2 de la Resolucion No. 248/2025/QH15 de la Asamblea Nacional sobre algunos mecanismos y politicas especiales y superiores para implementar avances en el desarrollo de la educacion y la formacion.

El punto a del apartado 1 del articulo 2 de la Resolucion No. 248/2025/QH15 estipula: El Director del Departamento de Educacion y Formacion tiene la autoridad para reclutar y recibir maestros, funcionarios de gestion de instituciones educativas y personal en instituciones de educacion preescolar, educacion general, educacion continua, escuelas especializadas y escuelas secundarias vocacionales publicas (estaciones educativas publicas) en la provincia; ejercer la autoridad para trasladar, transferir, asignar, nombrar, cambiar puestos de trabajo para maestros, funcionarios de gestion de instituciones educativas y personal en instituciones educativas publicas bajo su autoridad de gestion y para instituciones educativas publicas relacionadas con un alcance de 02 unidades administrativas a nivel comunal o superior en la provincia.
Autoridad para contratar docentes en otras instituciones educativas pertenecientes al sistema educativo nacional
La Circular estipula que los directores de las escuelas preparatorias universitarias, la Escuela de la Amistad T78, la Escuela de la Amistad 80, la Escuela Secundaria de las Tierras Altas de Viet Bac tienen la autoridad para contratar profesores bajo su autoridad de gestion.
Los jefes de las escuelas de agencias estatales y organizaciones politicas; escuelas politicas de provincias y ciudades directamente dependientes del Gobierno Central; centros politicos de comunas, barrios y zonas especiales directamente dependientes de provincias y ciudades directamente dependientes del Gobierno Central tienen la autoridad para reclutar maestros bajo su autoridad de gestion.
El Director del Departamento de Educacion y Formacion tiene la autoridad para contratar docentes en otras instituciones educativas (excepto las instituciones educativas especificadas en el Articulo 3 de esta Circular) bajo la autoridad de gestion de la provincia o ciudad directamente dependiente del Gobierno Central.
La Circular entra en vigor a partir del 20 de enero de 2026.