El Ministerio de Defensa esta organizando la toma de opinion del segundo borrador de la Circular sobre la politica, el regimen de organizacion y la organizacion de la maquinaria en el Ejercito para continuar la correccion y la finalizacion del texto.
En particular, el articulo 8 del proyecto de Circular propone condiciones y formas de calculo de la politica para los casos en que no cumpla la edad para la reeleccion o el reapunto; la edad para la reeleccion o el reapunto o que participe en el nivel de la comision en los niveles de la comision debe terminar su actividad, pero tiene el deseo de jubilarse antes de la edad.
En este caso, los sujetos oficiales militares y militares profesionales que cumplan los requisitos para jubilarse antes de la edad podran disfrutar de los regimenes establecidos en el apartado 8 del articulo 1 del Decreto no 67/2025/ND-CP.
La forma de calcular los regimenes propuestos por el Ministerio de Defensa es la siguiente:
a) Regimenes de ayudas para el numero de años de vacaciones anticipadas y regimenes de ayudas por tiempo de trabajo con seguro social obligatorio (BHXH):
La cantidad de la ayuda por años de baja anticipada = Salario mensual por año multiplicado por (x) 5,0, multiplicado por (x) por años de baja anticipada.
La ayuda por tiempo de trabajo con cierre obligatorio de la Oficina se calcula de la siguiente manera:
- Reciben cinco meses de salario por los primeros 20 años de trabajo con cierre obligatorio. A partir del año 21, cada año de trabajo con cierre de la Oficina de Empleo sera obligatorio recibir una subvencion de 0,5 meses de salario vigente.
Subsidio por tiempo de trabajo con cierre obligatorio = Salario mensual multiplicado por (x) 5,0 (para los primeros 20 años de trabajo con cierre obligatorio), mas (+) 0,5, multiplicado por (x) por el numero de años de trabajo con cierre obligatorio desde el año 21 en adelante
- En caso de haber trabajado por mas de 15 años y haber cumplido el pago obligatorio de la pension de jubilacion y ser beneficiario de una pension segun lo establecido en la ley sobre la pension de jubilacion anticipada, se otorgara una ayuda de 4 meses de salario vigente para los primeros 15 años de trabajo; a partir del año 16 en adelante, cada año de trabajo con pago obligatorio de la pension de jubilacion se otorgara una ayuda de 0,5 meses de salario vigente.
El subsidio por tiempo de trabajo con cierre obligatorio de la OACI = Salario mensual vigente, multiplicado por (x) 4,0 (para los primeros 15 años de trabajo con cierre obligatorio de la OACI), mas (+) 0,5, multiplicado por (x) el numero de años de trabajo con cierre obligatorio de la OACI desde el año 16 en adelante.
b. Beneficio de jubilacion de una sola vez
Junto con el regimen de subsidios por el numero de años de vacaciones anticipadas y el regimen de subsidios por el tiempo de trabajo con servicio obligatorio, los oficiales del ejercito y los militares profesionales que califican para la jubilacion anticipada segun el Articulo 8 del proyecto de Circular del Ministerio de Defensa tambien disfrutan de una pension de una sola vez.
En ellos se incluye el subsidio de jubilacion de una vez por el numero de meses de vacaciones anticipadas, que se realiza segun la formula: el subsidio de jubilacion de una vez = el salario mensual por efecto multiplicado por (x) 1,0, multiplicado por (x) por el numero de meses de vacaciones anticipadas.