El Gobierno promulgo el Decreto 371/2025/ND-CP de fecha 31 de diciembre de 2025 que modifica y complementa algunos articulos del Decreto No. 77/2013/ND-CP de fecha 17 de julio de 2013 del Gobierno que detalla la implementacion de la Ley de prevencion y control de los daños del tabaco sobre algunas medidas para prevenir y controlar los daños del tabaco y el Decreto No. 117/2020/ND-CP de fecha 28 de septiembre de 2020 del Gobierno que regula las sanciones por infracciones administrativas en el campo de la salud.
El Decreto 371/2025/ND-CP complementa el Articulo 26a que viola las regulaciones sobre el uso y almacenamiento de cigarrillos electronicos y cigarrillos calentando despues del Articulo 26 del Decreto No. 117/2020/ND-CP.
Segun el Decreto 371/2025/ND-CP, el acto de usar cigarrillos electronicos y cigarrillos calentado es multado con entre 3 y 5 millones de VND y obligado a destruir los cigarrillos electronicos y los cigarrillos calentado.
Multa de 5 a 10 millones de VND por el acto de albergar a otros usando cigarrillos electronicos, cigarrillos calientes en lugares bajo su propiedad o gestion.
La multa anterior es la multa para los individuos. Para el mismo acto de infraccion administrativa, la multa para las organizaciones es igual a 2 veces la multa para los individuos.
El Decreto 371/2025/ND-CP añade los apartados 3, 4, 5, 6 despues del apartado 2 del articulo 2 del Decreto No. 77/2013/ND-CP para explicar algunas palabras.
En consecuencia, los cigarrillos electronicos son productos que incluyen equipos electronicos, partes que contienen soluciones de cigarrillos electronicos y soluciones de cigarrillos electronicos, en los que:
El dispositivo electronico se utiliza para calentar la solucion de cigarrillo electronico u otra forma de crear vapor para que el usuario lo inhale;
La unidad que contiene la solucion de cigarrillo electronico esta diseñada para un uso unico (no recarga de la solucion) o para uso multiple (recarga de la solucion);
Una solucion de cigarrillo electronico es una mezcla liquida que contiene un disolvente evaporante, que contiene o no nicotina, que puede contener una o varias sustancias: aditivos, sabores y otros productos quimicos con el proposito de su uso para cigarrillos electronicos o cigarrillos calentando.
Las soluciones con nicotina incluyen cualquier forma de nicotina quimica, ya sea salada o compuesto, ya sea extraida de forma natural o sintetica, e incluso alcaloides nicotinicos.
El tabaco calentado es un producto que incluye equipos electronicos y tabaco especial, pertenecientes a uno de los siguientes casos: Equipo electronico que calienta directamente el tabaco especial en forma de cigarrillo; equipo electronico con camara para calentar el tabaco especial en esa camara;
El dispositivo electronico tiene una camara que contiene una solucion de cigarrillo electronico especificada en el punto c del apartado 3 de este articulo y cigarrillos especiales. El dispositivo funciona segun el mecanismo de vaporizacion de la solucion de cigarrillo electronico antes y luego calienta indirectamente el cigarrillo especial; otro dispositivo electrico de vapor personal tiene la funcion de calentar el cigarrillo especial sin quemarlo.
El Decreto 371/2025/ND-CP entra en vigor a partir del 31 de diciembre de 2025.