El Ministerio del Interior acaba de completar el borrador del Decreto del Gobierno que regula la organizacion de unidades de servicio publico para enviarlo al Ministerio de Justicia para su evaluacion.
El borrador del Decreto que regula la organizacion de las unidades de servicio publico se construyo para garantizar la unidad con la nueva estructura organizativa de los ministerios ramas y localidades despues de abandonar el modelo general reorganizar las unidades internas y al mismo tiempo adaptarse al modelo de gobierno local de 2 niveles.
En particular el Ministerio del Interior establece claramente las regulaciones sobre el marco del numero de subjefes de la unidad de servicio publico.
Para las unidades de servicio publico que garantizan el gasto regular y el gasto de inversion:
El numero de subjefes de las unidades pertenecientes a la estructura organizativa del ministerio y las agencias estatales esta dispuesto en un promedio de no mas de 3 personas por unidad; otras unidades se implementan de acuerdo con el Proyecto de establecimiento (en caso de establecimiento nuevo) o el Proyecto de autonomia de la unidad que ha sido aprobado por la autoridad competente.
Para las unidades de servicio publico que garantizan el gasto regular:
El numero de subjefes de las unidades pertenecientes a la estructura organizativa del ministerio y las agencias ministeriales esta distribuido en un promedio de no mas de 3 personas por unidad; otras unidades estan distribuidas en no mas de 3 personas;
Para las unidades de servicio publico que autofinancian una parte del gasto corriente las unidades de servicio publico garantizadas por el presupuesto estatal para el gasto corriente:
El numero de subjefes de las unidades pertenecientes a la estructura organizativa del ministerio y las agencias de nivel ministerial esta dispuesto en un promedio de no mas de 3 personas por unidad.
Las unidades estipuladas en el punto a parrafo 1 (excepto las unidades pertenecientes a la estructura organizativa del ministerio la agencia conjunta del ministerio) el punto 2 y el punto a parrafo 3 del articulo 2 de este Decreto tienen de 20 a 20 empleados que trabajan como empleados publicos o menos y se les asigna no mas de 2 subjefes; hay mas de 20 empleados que trabajan como empleados publicos y se les asigna no mas de 3 subjefes.
La unidad regulada en el punto b el punto c el punto 1 el punto b el punto c el punto d el punto 3 y el punto 4 del articulo 2 de este Decreto esta asignada a no mas de 2 subjefes.
Para los hospitales de clase I o superior; las unidades de servicio medico que realizan tareas de control y prevencion de enfermedades en la linea provincial de clase I o superior; las escuelas secundarias con muchos niveles educativos con una escala de 40 clases o mas se asignan no mas de 3 subdirectores.