El Ministerio del Interior está recabando la opinión pública sobre el proyecto de Decreto sobre contratos de trabajo en unidades de servicio público (ĐVSNCL). Se espera que este Decreto entre en vigor el 1 de julio de 2026.
En el Proyecto de Presentación, el Ministerio del Interior dijo que, a través del proceso de implementación, el Decreto No. 111/2022/ND-CP ha revelado algunas limitaciones, no ha seguido el ritmo de los requisitos de innovación en la gestión del sector público y no es completamente compatible con las orientaciones de la Ley de Funcionarios Públicos de 2025.
La promulgación de un decreto sobre contratos de trabajo en ĐVSNCL es necesaria para garantizar la unidad y la sincronización del sistema legal; eliminar los obstáculos en la práctica de la firma e implementación de contratos; perfeccionar el mecanismo salarial acordado para atraer y retener talentos; crear un marco legal transparente y flexible, pero aún garantizando el control del poder y la rendición de cuentas.
En cuanto al número de contratos firmados, el Ministerio del Interior ha hecho una propuesta específica.
En consecuencia, ĐVSNCL asegura los gastos corrientes y los gastos de inversión (en adelante denominados unidades del grupo 1) y ĐVSNCL asegura los gastos corrientes (en adelante denominados unidades del grupo 2) deciden firmar contratos de acuerdo con las necesidades de uso de recursos humanos de la unidad.
En caso de que la ley disponga sobre el número mínimo de funcionarios de la unidad que presta servicios públicos básicos y esenciales, se debe garantizar un número suficiente de acuerdo con las regulaciones.
Las ĐVSNCL aseguran parcialmente los gastos recurrentes (en adelante denominadas unidades del grupo 3) del 70% al menos del 100% de la firma de contratos en puestos de trabajo especializados, profesionales y puestos de trabajo de apoyo para el número que falta en comparación con el estándar de número de empleados emitido por el ministerio que gestiona el sector y el campo.
Para las unidades que se autogarantían menos del 70% de los gastos corrientes o las unidades a las que no se les ha otorgado autonomía financiera, deben informar a la autoridad competente de gestión de manera unificada antes de la implementación.
Las ĐVSNCL garantizadas por el Estado para gastos corrientes (en adelante denominadas unidades del grupo 4), excepto las unidades pertenecientes al campo de la educación y la salud, que firman contratos para el número restante en comparación con el número de empleados asignados por la autoridad competente o para reemplazar oportunamente al número de funcionarios que se toman licencia de maternidad, renuncian o se jubilan.
Las unidades del grupo 4 pertenecientes al campo de la educación y la atención médica firman contratos laborales para realizar trabajos en puestos profesionales y vocacionales, pero el número de personas que firman contratos laborales no representa más del 70% de la diferencia entre el número de personas presentes y el número según las normas emitidas por el Ministerio de Educación y Formación y el Ministerio de Salud.
El número de contratos firmados es considerado y decidido por el Consejo Popular a nivel provincial o ministerial, organismos equivalentes a ministerios, organismos dependientes del Gobierno, organismos de gestión a nivel central.