Este contenido está regulado en el Decreto No. 319/2026/ND-CP del Gobierno sobre dispositivos de seguimiento, dispositivos de reconocimiento de imágenes de conductores, dispositivos de reconocimiento de imágenes de compartimentos de pasajeros en vehículos de carretera.
Los sujetos de aplicación son agencias, organizaciones e individuos nacionales y extranjeros relacionados con la instalación, gestión, conexión, transmisión, recepción, almacenamiento, explotación y intercambio de datos de dispositivos de vigilancia en vehículos de carretera en territorio vietnamita.
Este Decreto no se aplica a los vehículos de carretera de las fuerzas militares y policiales que realizan tareas de defensa y seguridad nacional.
Según el Decreto No. 319, el almacenamiento, transmisión, explotación, intercambio y procesamiento de datos obtenidos de dispositivos de vigilancia en vehículos de carretera a servidores de servicios, de servidores de servicios a servidores del Departamento de Policía de Tráfico y el intercambio de datos con las agencias pertinentes se lleva a cabo de acuerdo con las disposiciones de la legislación sobre datos, protección de datos personales y otras disposiciones de la legislación relacionada.
No se permite utilizar los datos obtenidos de los dispositivos de vigilancia en los vehículos de carretera para infringir el honor, la dignidad, la vida privada, el secreto personal, el secreto familiar, otros derechos e intereses legítimos de individuos y organizaciones.
Los datos obtenidos de los dispositivos de vigilancia en los vehículos de transporte por carretera se utilizan como base para manejar las violaciones de la ley y las violaciones del orden y la seguridad del tráfico por carretera, el transporte por carretera de acuerdo con las disposiciones de la ley; sirviendo a la gestión estatal, garantizando la seguridad, el orden y la seguridad del tráfico por carretera, el transporte por carretera.
Al final del plazo de almacenamiento según las regulaciones, los datos se eliminan y destruyen de acuerdo con las regulaciones de la ley y las Normas Técnicas Nacionales emitidas por el Ministro de Seguridad Pública.
Para los casos en que los datos están sirviendo a la verificación, el manejo de violaciones, la resolución de quejas, denuncias e investigaciones, los datos continuarán almacenados en el servidor del Departamento de Policía de Tráfico hasta el final del caso.
La regulación sobre la instalación de dispositivos de registro de imágenes de conductores para automóviles de negocios de transporte de pasajeros de menos de 8 asientos (sin incluir el asiento del conductor), automóviles de negocios de transporte de mercancías (excepto camiones tractores), vehículos de transporte interno se implementa a partir del 1 de enero de 2028.
La regulación sobre la instalación de dispositivos de registro de imágenes de la cabina de pasajeros para automóviles de pasajeros de negocios de más de 29 asientos (sin incluir el asiento del conductor) se implementa a partir del 1 de enero de 2029.
La regulación sobre la instalación de dispositivos de registro de imágenes de la cabina de pasajeros para automóviles de pasajeros comerciales de 08 asientos o más (sin incluir el asiento del conductor) a 29 asientos (sin incluir el asiento del conductor) se implementa a partir del 1 de enero de 2030.