El portal de informacion electronica del Ministerio de Defensa informo el 1 de abril que el Departamento de Politica - Sociedad (Ministerio de Defensa) habia estudiado y elaborado el borrador del Libro de Acta, el borrador de la Circular del Ministro de Defensa que instruye la implementacion de politicas y regimenes para los sujetos bajo el alcance de la administracion del Ministerio de Defensa en la implementacion de la organizacion del aparato.
Actualmente, el segundo borrador de la Circular continua siendo consultado por organizaciones y personas.
En el articulo 10 del proyecto de Circular se establece como se calcula la politica de personal para los oficiales y militares profesionales que trabajan en organismos y unidades que estan directamente afectados por la organizacion de la maquinaria.
En consecuencia, los oficiales y militares profesionales establecidos en el apartado 1 del articulo 2 de esta Circular que tengan una edad de dos años o mas en relacion con el periodo de servicio mas alto segun las instrucciones de la letra a) del apartado 5 del articulo 5 de esta Circular, no sean elegibles para la jubilacion y no sean elegibles para disfrutar del regimen de jubilacion antes de la edad establecida en el articulo 7 del Decreto No 178/2024/NDI-CP, cuando se les otorgue la autoridad para tomar una decision de servicio, disfrutaran de la politica y el regimen establecidos en el articulo 9 del Decreto No 178/2024/NDI-CP;
Entre ellos, el regimen de subsidio al empleado una vez por el numero de meses de trabajo con seguro social obligatorio (SSC), el regimen de subsidio una vez por el numero de años de trabajo con seguro social obligatorio y el subsidio de busqueda de empleo se realiza de acuerdo con las instrucciones, como sigue:
a) Subsidio para el personal una vez por el numero de meses de trabajo con cierre obligatorio de la Oficina:

b) Subvencion unica por el numero de años de trabajo con cierre obligatorio de la FAP:

c) Ayuda para la busqueda de empleo:

El proyecto de circular cita, por ejemplo, al compañero Le Trung Dung, nacido en septiembre de 1994, ingresado en septiembre de 2014, con rango de teniente general, cargo de capitan de brigada. En junio de 2025, la unidad de compañero Duraid se fusiono con otra unidad.
Segun las reglas vigentes, el compañero Dung no es elegible para la jubilacion y no es elegible para la jubilacion anticipada segun lo establecido en el Articulo 7 del Decreto No 178/2024/ND-CP y la guia del Articulo 5 de esta Circular.
En noviembre de 2025, el compañero Dung fue otorgado la decision de incorporacion competente (en el momento de la incorporacion en noviembre de 2025, el compañero Dung tenia 11 años y 3 meses de servicio obligatorio en la OMS) y en el caso de la incorporacion durante el primer periodo de 12 meses a partir de la fecha de la decision de fusion de la autoridad competente.
De acuerdo con lo dispuesto en el parrafo 2 del articulo 5 del Decreto No 178/2024/ND-CP y las instrucciones en el parrafo 3 del articulo 4 de esta Circular, el periodo de beneficio de la subvencion para servidores por el numero de meses de trabajo obligatorio de la Oficina de Servicios Sociales del compañero Dung es de 60 meses.
Suponiendo que el salario actual antes del momento de la jubilacion (octubre de 2025) del compañero Dung es de 15.000.000 VND; ademas de reservar el tiempo de servicio en la Oficina de Servicios Sociales o disfrutar de la Oficina de Servicios Sociales una vez segun lo dispuesto en la ley sobre la Oficina de Servicios Sociales, el compañero Dung disfruta de los siguientes regimenes:
La ayuda al empleado una vez por el numero de meses de trabajo con cierre obligatorio es: 15.000.000 de VND x 0.8 meses x 60 meses = 720.000.000 de VND.
La subvencion unica para el numero de años de trabajo obligatorios de la Oficina de Servicios Sociales es: 15.000.000 de VND x 1.5 meses x 11.5 años = 258.750.000 de VND.
El subsidio para encontrar trabajo es: 3 meses x 15.000.000 de VND = 45.000.000 de VND.
Asi, el total de la ayuda que recibio el camarada Dung fue de 1.023.750.000 VND.