La Asamblea Nacional ha aprobado la Ley de Recuperación y Quiebra. Esta ley entrará en vigor el 1 de marzo de 2026.
Esta ley regula los principios, el orden y los procedimientos para resolver casos de recuperación y quiebra de empresas y cooperativas, uniones de cooperativas; tareas y poderes de las personas que llevan a cabo los procedimientos de recuperación y quiebra; derechos y obligaciones de las personas que participan en los procedimientos de recuperación y quiebra.
Junto con eso, la Ley de Recuperación y Quiebra se aplica al resolver casos de recuperación y quiebra de empresas y cooperativas; en caso de que esta Ley no tenga regulaciones, se aplicarán las regulaciones de la ley relacionada.
Cabe destacar que esta Ley estipula claramente las responsabilidades y obligaciones de las agencias, organizaciones e individuos relacionados con los casos de recuperación y quiebra.
En consecuencia, las agencias, organizaciones e individuos que gestionan y almacenan documentos y pruebas relacionados con el caso de recuperación y quiebra son responsables de proporcionar de manera completa y oportuna documentos y pruebas relacionados con el caso dentro de los 10 días siguientes a la fecha de recepción de la solicitud del acreedor, la empresa, la cooperativa, el Tribunal, la Fiscalía, el administrador concursal, la empresa de gestión y liquidación de activos.
En caso de que no se puedan proporcionar documentos o pruebas, se debe responder por escrito y indicar claramente el motivo.
La agencia de gestión tributaria, la agencia de registro de negocios y la agencia de seguro social son responsables de proporcionar información sobre el estado de la deuda, el estado legal y otra información de las empresas y cooperativas en el proceso de resolución de casos de recuperación y quiebra dentro de los 3 días hábiles a partir de la fecha de recepción de la solicitud del Tribunal.
A partir de la fecha en que el Tribunal acepte la solicitud de aplicación del procedimiento de recuperación, la decisión de abrir el procedimiento de quiebra, los empleados, agencias, organizaciones e individuos relacionados no pueden llevar a cabo actos destinados a ocultar o disipar activos, documentos y pruebas de empresas y cooperativas.
A partir de la fecha de recepción de la decisión del Tribunal de declarar en quiebra a la empresa, cooperativa, se prohíbe estrictamente a las instituciones de crédito cuyas empresas, cooperativas declaradas en quiebra tengan cuentas para realizar el pago de las deudas de las empresas, cooperativas declaradas en quiebra, a menos que haya consentimiento por escrito del Tribunal o del organismo de ejecución de sentencias civiles.
Las agencias, organizaciones e individuos relacionados son responsables de implementar las solicitudes y propuestas del Tribunal y coordinar estrechamente y oportunamente con el Tribunal en el proceso de resolución de casos de recuperación y quiebra.
Los organismos, organizaciones e individuos que no cumplan con la solicitud del Tribunal sin una razón justificada serán tratados de acuerdo con las disposiciones de la ley, dependiendo de la naturaleza y gravedad de la infracción.