El Comite Directivo del Gobierno sobre la reorganizacion de unidades administrativas de todos los niveles y la construccion de un modelo de organizacion del gobierno local de 2 niveles acaba de emitir el Documento Oficial No. 20/CV-BCD que guia la creacion de unidades de servicio publico que suministran servicios de servicio publico multidisciplinarios y multisectoriales a nivel comunal.
Segun las directrices el Comite Popular de la comuna decide establecer de acuerdo con la autoridad competente 1 unidad de servicio publico que proporcione servicios de servicio publico basicos esenciales diversos sectores y campos (incluidos: cultura deportes turismo informacion medios de comunicacion medio ambiente fomento de la agricultura urbana...) garantizados por el presupuesto estatal.
En cuanto al numero de personas que trabajan sobre la base del numero total de empleados publicos que reciben salarios del presupuesto estatal (sin incluir el personal de educacion y salud) asignado por la autoridad competente se solicita inicialmente al Comite Popular Provincial que revise equilibra y asigne el numero de personas que trabajan que reciben salarios del presupuesto al establecer esta unidad de servicio publico a nivel comunal para garantizar el cumplimiento de los requisitos y tareas asignadas y de acuerdo con las directivas de la autoridad competente.
El Comite Popular de la comuna es responsable de contratar y asignar suficientes funcionarios para trabajar en unidades de servicio publico de acuerdo con el numero de personal asignado.
En caso de que no se reclute a tiempo suficientes funcionarios de acuerdo con el numero asignado el Comite Popular de la comuna puede firmar contratos laborales para personas con especializacion y profesionalidad que cumplan inmediatamente los requisitos y tareas de acuerdo con las disposiciones del apartado 3 del articulo 9 del Decreto No. 111/2022/ND-CP de fecha 30 de diciembre de 2022 del Gobierno.
El establecimiento de unidades de servicio publico multidisciplinarias y multisectoriales a nivel comunal es un paso en linea con la tendencia de reorganizar y simplificar el aparato para satisfacer los requisitos de la gestion moderna y al mismo tiempo mejorar la eficiencia del servicio a la poblacion y las empresas en la localidad.
Cuando se implemente de manera sincronizada este modelo ayudara a unificar los puntos de contacto para gestionar y explotar eficazmente los recursos reducir la duplicacion de funciones y tareas y al mismo tiempo creara condiciones para que las personas accedan a muchos tipos de servicios publicos directamente en el area sin pasar por muchos intermediarios.
La unidad de servicio publico es una organizacion establecida por un organismo competente del Estado una organizacion politica una organizacion sociopolitica de acuerdo con las disposiciones de la ley con personalidad juridica y que proporciona servicios publicos y sirve a la gestion estatal (definicion dada en el apartado 1 del articulo 9 de la Ley de Funcionarios de 2010).
En el apartado 2 del articulo 9 de la Ley de Funcionarios Publicos de 2010 las unidades de servicio publico incluyen los siguientes tipos:
Asignado el derecho a la autonomia: Es una unidad a la que se le asigno el derecho a la autonomia total en la implementacion de tareas finanzas organizacion del aparato y personal.
No se le ha asignado la autonomia total: Por el contrario con el tipo anterior la unidad de servicio publico en este caso no se le ha asignado la autonomia total en la implementacion de tareas finanzas organizacion del aparato y personal.
En cuanto al nivel de autonomia financiera de las unidades de servicio publico publico el articulo 9 del Decreto 60/2021/ND-CP se divide en los siguientes grupos:
La unidad de servicio publico garantiza el gasto regular y el gasto de inversion.
La unidad de servicio publico garantiza el gasto regular.
La unidad de servicio publico garantiza una parte del gasto regular.
Unidad de trabajo publico asegurada por el Estado para el gasto regular: Esta es una unidad con un nivel de autoseguro de gastos operativos regulares inferior al 10% o sin ingresos por trabajo.