El Departamento de Asesoramiento Jurídico del periódico Lao Dong responde:
El apartado 1, artículo 1 de la Circular 28/2024/TT-BCA del Ministerio de Seguridad Pública que modifica y complementa el punto a, apartado 2, artículo 12 de la Circular 32/2023/TT-BCA establece lo siguiente:
Cuando la información de los documentos se ha integrado y actualizado en el documento de identidad electrónica, la cuenta de identificación electrónica en la aplicación nacional de identificación (VNeID), en la base de datos gestionada por el Ministerio de Seguridad Pública, se lleva a cabo la inspección y el control a través de la información en el documento de identidad electrónica, la cuenta de identificación electrónica en VNeID, la base de datos; la inspección de la información de los documentos en el documento de identidad electrónica, la cuenta de identificación electrónica en VNeID, la base de datos tiene el mismo valor que la inspección directa de esos documentos.
El apartado 2 del artículo 1 de la Circular 28/2024/TT-BCA (que modifica y complementa el apartado 3 del artículo 18 de la Circular 32/2023/TT-BCA) distingue específicamente 2 casos de inspección de documentos de la siguiente manera:
a) En el caso de que el conductor del vehículo, el propietario del vehículo presente la información de los documentos que se han integrado y actualizado en la tarjeta de identificación electrónica, la cuenta de identificación electrónica en VNeID, en la base de datos gestionada por el Ministerio de Seguridad Pública, se llevará a cabo la inspección y el control a través de la información en la tarjeta de identificación electrónica, la cuenta de identificación electrónica en VNeID, la base de datos;
b) En el caso de que el conductor del vehículo, el propietario del vehículo presente un documento de los documentos, procederá a verificar, cotejar directamente esos documentos y realizar la búsqueda de información relacionada con esos documentos en el sistema de base de datos de manejo de infracciones administrativas, otra base de datos;
Por lo tanto, una vez que se ha integrado el permiso de conducir en VNeID, ya no es necesario presentar una copia física adicional cuando se realiza la inspección.
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