En el Portal de Informacion del Ministerio de Construccion, el ciudadano N.D.N reflejo:
A partir del 1 de julio de 2025, el Gobierno ha eliminado la emision de certificados de actividad de construccion por parte de organizaciones y empresas, pero para las personas fisicas para obtener certificados de practica de actividad de construccion, el Apendice VI del Decreto No. 175/2024/ND-CP todavia tiene algunas deficiencias e irracionalidades que deben modificarse para que se ajusten a la realidad.
Tomo un ejemplo: Para las personas con titulos universitarios que indican claramente que la especialidad de formacion es ingeniero mecanico de fabricacion de maquinaria, ingeniero de prevencion y extincion de incendios y rescate...
Antes del Decreto No. 175/2024/ND-CP, realizaron el examen y obtuvieron un certificado de practica de supervision de la instalacion de equipos en obras con una validez de 5 años, luego tuvieron que volver a presentar el expediente y volver a realizar el examen para obtener un certificado de practica de instalacion de equipos en nuevas obras.
Desde que el Decreto No. 175/2024/ND-CP entro en vigor, estas personas presentaron solicitudes para ser examinadas para obtener certificados de practica en las agencias de gestion de la construccion, y recibieron la respuesta de que sus especialidades de formacion no estan en la lista del Anexo VI del Decreto No. 175/2024/ND-CP, por lo que no se les permite recibir solicitudes ni realizar examenes para obtener certificados, aunque la tabla de calificaciones de sus especialidades de formacion tiene asignaturas sobre sistemas electricos, mecanica liquida, ventilacion...
Han trabajado durante 15-20 años supervisando la instalacion de equipos en obras con muchos proyectos desde edificios de baja altura hasta edificios de gran altura, fabricas con niveles de obras de grado III a grado I que, segun el Decreto No. 175/2024/ND-CP, no tienen nuevos permisos, lo cual es irrazonable y debe modificarse.
¿Por que las especialidades de formacion en suministro y drenaje de agua reciben certificados de practica para supervisar la instalacion de equipos en obras, mientras que las especialidades de ingenieria mecanica, prevencion y extincion de incendios y rescate no los reciben?
Despues de la investigacion, el Departamento de Economia - Gestion de Inversiones en Construccion (Ministerio de Construccion) tiene la siguiente opinion:
La especializacion y el campo de la emision de certificados de practica de actividades de construccion para el campo de la supervision de la construccion de obras estan regulados en el Anexo VI del Decreto No. 175/2024/ND-CP de fecha 30 de diciembre de 2024 del Gobierno.
En consecuencia, ademas de la base de la especialidad de formacion segun el titulo", la determinacion de la especialidad de formacion tambien se basa en la especialidad de formacion adecuada mostrada en la tabla de calificaciones/acceso del titulo en el caso de que el titulo no indique claramente la especialidad de formacion.
Actualmente, la Asamblea Nacional ha aprobado la Ley de Construccion (modificada), que estipula el contenido sobre las condiciones de capacidad y experiencia de las personas que participan en actividades de construccion segun lo estipulado detalladamente por el Gobierno.
El Ministerio de Construccion asesorara y presentara urgentemente al Gobierno la promulgacion de Decretos que guien la implementacion de la Ley. El contenido de las contribuciones de los ciudadanos sera investigado y absorbido por el Ministerio de Construccion para incluirlo en el contenido de enmienda y adicion (si hay suficiente base) en el Decreto que sustituye al Decreto No. 175/2024/ND-CP.