Implementando el Decreto No. 279/2025/ND-CP, de 30 de junio de 2026, el Ministerio de Seguridad Pública emitió la Circular No. 126/2026/TT-BCA que regula el orden y los procedimientos para implementar los contenidos de gasto del Fondo para la Reducción de Daños por Accidentes de Tráfico (TNGT), vigente a partir del 1 de septiembre de 2026.
Según las regulaciones, el Fondo puede apoyar a las víctimas heridas, familias con personas fallecidas que enfrentan dificultades económicas; organizaciones e individuos que participan directamente en el rescate, llevan a las víctimas de accidentes al hospital y actividades de propaganda para minimizar los daños causados por los accidentes de tráfico.
La Circular también estipula que debe haber documentos para demostrar que pertenece a los sujetos que reciben apoyo del Fondo.
De acuerdo con el párrafo 1, Artículo 3 de la Circular, para las víctimas heridas en accidentes de tráfico de carretera con una tasa de lesiones corporales superior al 31% a inferior al 81% que enfrentan dificultades económicas:
Documentos que demuestren la tasa de lesiones corporales de la víctima de acuerdo con las disposiciones de la ley; conclusión o notificación de resolución del accidente de tráfico por parte de la agencia de policía (si corresponde);
Confirmación del Comité Popular a nivel comunal donde reside la víctima o de la agencia u organización donde estudia o trabaja la víctima sobre el hecho de que la víctima o la familia de la víctima está experimentando dificultades económicas;
Documentos, facturas de cobro de gastos de peritaje de lesiones de víctimas heridas en accidentes de tráfico por carretera de acuerdo con las disposiciones del apartado 6 del artículo 11 del Decreto No. 279/2025/ND-CP (si los hay).
En el apartado 2 se estipula para los hogares con víctimas mortales en accidentes de tráfico por carretera que enfrentan dificultades económicas:
Confirmación del Comité Popular a nivel comunal donde reside el hogar sobre el hecho de que el hogar está experimentando dificultades económicas;
Documentos que prueben que la víctima murió en un accidente de tráfico por carretera; conclusión o notificación de resolución del accidente de tráfico por parte de la agencia de policía (si la hay).
El apartado 3 estipula para las víctimas heridas en accidentes de tráfico por carretera con una tasa de lesiones corporales superior al 81%: documentos según lo dispuesto en los puntos a y c del apartado 1 de este artículo.
El apartado 4 estipula que para las organizaciones e individuos que participan directamente en ayudar, tratar y llevar a las personas que sufren accidentes de tráfico por carretera a la sala de emergencias: documentos e imágenes que reflejen a las organizaciones e individuos que participan directamente en ayudar, tratar y llevar a las personas que sufren accidentes de tráfico por carretera a la sala de emergencias.
El apartado 5 estipula para organizaciones e individuos que participan directamente en actividades de propaganda para minimizar los daños de los accidentes de tráfico por carretera sin que el Estado garantice la financiación: Productos, documentos que contienen información e imágenes de actividades de propaganda, documentos que contienen información e imágenes que muestran la escala de las actividades de propaganda; Documentos que prueban la organización legalmente establecida; Otros documentos (si los hay).
Los documentos estipulados en los apartados 1, 2, 3, 4, 5 de este artículo son copias en papel o copias electrónicas válidas de acuerdo con las disposiciones de la ley.
De acuerdo con el párrafo 2, Artículo 12 del Decreto No. 279/2025/ND-CP, se estipula: Basado en la tasa de lesiones, el nivel de gasto para apoyar las actividades de integración comunitaria y el desarrollo continuo para las víctimas heridas por accidentes de tráfico con una tasa de lesiones superior al 81%: gastar no más de 100 millones de VND/persona herida/vez.