El Sr. Nguyen Van Hoang (nombre del personaje cambiado) investigo de acuerdo con el parrafo 6 del articulo 3 del Decreto 154/2020/ND-CP sobre el principio de reduccion de personal se estipula: En el caso de que las personas pertenecientes a la reduccion de personal sean reclutas en agencias organizaciones y unidades que reciben salarios del presupuesto estatal deben devolver la cantidad de subsidio recibida.
A partir de esta realidad el Sr. Hoang se pregunta si la regulacion anterior significa que todos los casos de trabajo que reciben el presupuesto estatal incluidos los militares de base de la comuna que reciben apoyo salarial de fuentes presupuestarias deben devolver el regimen recibido o no.
Espero que el Ministerio del Interior pronto tenga instrucciones y explicaciones especificas para que la gente entienda y cumpla correctamente las regulaciones' propuso el Sr. Hoang.
En relacion con las quejas y recomendaciones del Sr. Hoang el Ministerio del Interior respondio en el Portal de Informacion Electronica.
En consecuencia basandose en las disposiciones del apartado 6 del articulo 3 del Decreto No. 154/2025/ND-CP los sujetos de reduccion de personal que hayan disfrutado de la politica de acuerdo con el Decreto No. 154/2025/ND-CP si son seleccionados para participar en el ejercito de autodefensa no tienen que devolver la cantidad de subsidio recibida.
El Decreto 154/2025/ND-CP tambien tiene regulaciones sobre las clausulas de transicion.
En consecuencia los beneficiarios de la reduccion de personal que esten siendo considerados y resueltos por la autoridad competente de acuerdo con el Decreto No. 29/2023/ND-CP o que hayan sido resueltos por la autoridad competente de acuerdo con el Decreto No. 29/2023/ND-CP pero que aun no hayan recibido el regimen hasta el dia en que este Decreto entre en vigor y aun no hayan recibido el regimen seran recalculados y se les asignara una parte adicional de la diferencia de acuerdo con las politicas estipuladas en este Decreto.