El Ministerio de Construcción acaba de emitir la Decisión No. 949/QD-BXD sobre el anuncio de los procedimientos administrativos modificados y complementados en el campo de las actividades de construcción de acuerdo con las regulaciones sobre la reducción y simplificación de los procedimientos administrativos dentro del ámbito de las funciones de gestión del Ministerio de Construcción. Esta Decisión entra en vigor a partir del 1 de julio de 2026.
En cuanto a los procedimientos administrativos a nivel comunal, la Decisión No. 949/QD-BXD detalla el procedimiento para la emisión de nuevos permisos de construcción para obras de nivel III y IV (Construcciones no de línea/de línea en áreas urbanas/reliquias, religiones/monumentos, pinturas grandiosas/fases para obras no de línea/fases para obras de línea en áreas urbanas/proyectos) y viviendas unifamiliares. En consecuencia, el procedimiento de implementación es el siguiente:
- El inversor presenta una solicitud de permiso de construcción al Centro de Servicio Administrativo Público a nivel comunal.
- En un plazo de 7 días hábiles a partir de la fecha de recepción del expediente, la agencia autorizada para emitir permisos de construcción para obras de nivel III y IV debe organizar la evaluación del expediente, la inspección in situ, notificar 1 vez por escrito al inversor para que complemente y complete el expediente si faltan documentos, documentos que no cumplen con las regulaciones o no se ajustan a la realidad. La agencia que emite los permisos de construcción es responsable de verificar las condiciones para la emisión de permisos de construcción de acuerdo con las regulaciones del Artículo 50 del Decreto No. 175/2024/ND-CP. La inspección se lleva a cabo de la siguiente manera:
+ Coordinar la idoneidad de los planos de diseño de construcción en el expediente de solicitud de permiso de construcción con el diseño básico evaluado por la agencia especializada en construcción y sellar la confirmación para las obras pertenecientes al proyecto que requieren la evaluación del informe de estudio de viabilidad en la agencia especializada en construcción;
+ Verificar la idoneidad de los planos de diseño de construcción en el expediente de solicitud de permiso de construcción con los planos de diseño de construcción aprobados para la prevención y extinción de incendios por la autoridad competente para las obras de construcción sujetas a la solicitud de aprobación para la prevención y extinción de incendios;
+ Verificación de la integridad y validez del informe de resultados de la verificación (si corresponde) para obras que requieren verificación de diseño de acuerdo con las regulaciones del Decreto No. 175/2024/ND-CP enmendado y complementado en el Decreto No. 105/2025/ND-CP y el Decreto No. 144/2025/ND-CP.
- En un plazo de 5 días hábiles a partir de la fecha de recepción de la solicitud complementaria pero que no cumpla con los requisitos según el documento de notificación, la autoridad competente para emitir permisos de construcción es responsable de notificar por escrito para guiar al inversor a continuar completando el expediente. En caso de que la solicitud complementaria aún no cumpla con los contenidos según el anuncio, en un plazo de 3 días hábiles a partir de la fecha de recepción de la solicitud complementaria, la autoridad competente para emitir permisos de construcción es responsable de notificar al inversor sobre la razón por la que no se emiten permisos de construcción para obras de nivel III y IV.
- La agencia autorizada para emitir permisos de construcción compara las condiciones de acuerdo con las regulaciones de la Ley de Construcción para enviar un documento solicitando la opinión de la agencia estatal de gestión relacionada. Dentro de los 12 días posteriores a la recepción del expediente, las agencias estatales de gestión consultadas son responsables de responder por escrito sobre los contenidos bajo su función de gestión. Después del plazo anterior, si estas agencias no tienen opinión, se considera que han estado de acuerdo y deben ser responsables de los contenidos bajo su función de gestión; la agencia emisora de permisos de construcción se basa en las regulaciones vigentes para decidir la emisión de permisos de construcción para obras de nivel III y IV.
- Dentro de los 10 días hábiles (o 7 días hábiles para viviendas unifamiliares) a partir de la fecha de recepción de todos los documentos válidos, la autoridad competente es responsable de considerar la emisión de permisos de construcción para obras de nivel III y IV.