Los ciudadanos que enviaron preguntas al Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente dijeron que la familia tiene una parcela de tierra agricola con una superficie de 499 m2 ubicada en una zona residencial no en la misma parcela de tierra residencial del hogar.
Este ciudadano dijo que segun la antigua planificacion del uso de la tierra a nivel de distrito aprobada la ubicacion de la parcela de tierra ha sido planificada como terreno residencial. El ciudadano pregunto si el caso de la familia era elegible para cambiar el proposito de uso a terreno residencial.
Respondiendo a esta pregunta el Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente dijo que en el apartado 5 del articulo 116 de la Ley de Tierras sobre la Base para la asignacion de tierras el arrendamiento de tierras y la autorizacion para el cambio de proposito del uso de la tierra se estipula: “La base para la autorizacion para el cambio de proposito del uso de la tierra agricola en zonas residenciales y agricolas en la misma parcela de tierra con tierra residencial a tierra residencial o el cambio de proposito del uso de tierras no agricolas que no son tierra residencial a tierra residencial para
Por lo tanto en cuanto a la planificacion si la parcela de tierra de un ciudadano cumple con uno de los tres planes mencionados en el apartado 5 del articulo 116 de la Ley de Tierras se considera la posibilidad de transferir el proposito a la tierra residencial.