El Gobierno ha emitido el Decreto 217/2026/ND-CP (vigente el 1 de julio de 2026) que detalla algunos artículos de la Ley de Construcción de 2025 sobre la gestión de las actividades de construcción. Entre ellos, el Artículo 58 de este Decreto especifica los expedientes para solicitar permisos de construcción por etapas. Específicamente:
Artículo 58. Expediente de solicitud de permiso de construcción por fase
1. Solicitud de permiso de construcción de acuerdo con las regulaciones de la Formulario No. 01 Anexo II adjunto a este Decreto.
2. Uno de los tipos de documentos legales sobre la tierra para emitir un permiso de construcción de acuerdo con las regulaciones del Artículo 55 de este Decreto o un documento de aprobación de la agencia competente sobre la ubicación y el plan de ruta; decisión de recuperación de tierras de la agencia competente sobre la parte de tierra implementada por etapas o todo el proyecto de acuerdo con las regulaciones de la ley de tierras.
3. Documentos según lo dispuesto en el punto c del apartado 1 del artículo 57 de este Decreto. Incluyendo: Decisión de aprobación del proyecto; Informe de los resultados de la evaluación del diseño de construcción según lo dispuesto en este Decreto (si los hay); resultados de la ejecución de los trámites administrativos según lo dispuesto en la legislación sobre prevención y extinción de incendios y rescate para expedientes de diseño solicitando permisos de construcción (si se solicita); resultados de la ejecución de los trámites administrativos sobre protección ambiental según lo dispuesto en la legislación sobre protección ambiental (si se solicita); documento de opinión del organismo especializado en cultura a nivel provincial (si se solicita).
4. El conjunto de planos de diseño de construcción en el expediente de diseño de construcción se implementa después de que el proyecto sea aprobado o el diseño de planos de construcción para el proyecto solo requiere la preparación de un Informe económico-técnico aprobado de acuerdo con las regulaciones de la ley de construcción correspondientes a la etapa de solicitud de permiso de construcción de acuerdo con las regulaciones en el punto d, párrafo 1, Artículo 57 de este Decreto.
El conjunto de planos de diseño de construcción en el expediente de diseño de construcción implementado después de que se apruebe el proyecto o el diseño de planos de construcción para proyectos que solo requieren la preparación del Informe económico-técnico aprobado o el sello de confirmación de acuerdo con las regulaciones de la ley de construcción, incluye: planos maestros generales de todo el proyecto, planos de posicionamiento de la obra en la parcela de tierra, planos arquitectónicos de los planos, las principales fachadas y secciónes de la obra (para obras no de línea) o diagramas de ubicación de la línea de construcción, planos maestros generales o planos de mapas de construcción, planos de las principales secciónes verticales y horizontales de la línea de construcción (para obras de línea); planos maestros, secciónes de cimentación; planos que muestran las principales soluciones estructurales de la obra; planos maestros conectados al sistema de infraestructura técnica fuera de la obra, proyecto.