Guía para firmar la confirmación del extracto del mapa catastral.
El Gobierno ha emitido el Decreto 49/2026/ND-CP (vigente el 31 de enero de 2026) que detalla y guía algunos artículos de la Resolución 254/2025/QH15 de la Asamblea Nacional que regula algunos mecanismos y políticas para eliminar las dificultades y obstáculos en la organización de la implementación de la Ley de Tierras de 2024.
De acuerdo con el párrafo 10a del Decreto 101/2024/ND-CP (modificado y complementado en el Decreto 49/2026/ND-CP) que estipula la firma de la confirmación del extracto de medición del mapa catastral, los resultados de la medición y corrección del mapa catastral se llevan a cabo de la siguiente manera:
- En el caso de que la extracción del mapa catastral se lleve a cabo de acuerdo con el diseño técnico - presupuesto, el plan de tarea para servir al trabajo de gestión estatal de la tierra bajo la autoridad del nivel comunal o para servir al registro de cambios de la tierra de la Oficina de Registro de Tierras, Sucursal de la Oficina de Registro de Tierras, los resultados de la medición y la firma de la confirmación de acuerdo con el Formulario No. 01/TĐBĐ Anexo adjunto emitido al Decreto 101/2024/ND-CP;
- En el caso de que la extracción del mapa catastral se lleve a cabo de acuerdo con las necesidades del usuario de la tierra, los resultados de la medición y la firma de la confirmación de acuerdo con el Formulario No. 02/TĐBĐ Apéndice adjunto al Decreto 101/2024/NĐ-CP;
- En el caso de la medición y rectificación de mapas catastrales, los resultados de la medición y la firma de la confirmación de acuerdo con el Formulario No. 03/CLBĐ Apéndice adjunto al Decreto 101/2024/ND-CP.
Principios y propósitos de la medición y elaboración de mapas catastrales
Los principios y propósitos de la medición y elaboración de mapas catastrales se estipulan en el Artículo 3 del Decreto 101/2024/ND-CP de la siguiente manera:
- La medición y elaboración de mapas catastrales debe garantizar los siguientes principios:
+ Garantizar la uniformidad en el sistema de referencia y el sistema de coordenadas nacionales VN-2000;
+ Reflejar de manera veraz y objetiva el estado actual del uso de la tierra, el estado actual de la gestión de la tierra y registrar el estado legal de la parcela de tierra en el momento de la medición;
+ Priorizar la aplicación de nuevas tecnologías para garantizar la eficiencia económica, en consonancia con el área de medición y las regulaciones técnicas sobre la medición y elaboración de mapas catastrales;
+ Los mapas catastrales después de ser aprobados deben ponerse en uso para la gestión de la tierra.
- Mapa catastral elaborado para su uso para los siguientes fines:
+ Registro de tierras, activos vinculados a la tierra, emisión de Certificados de Derecho de Uso de la Tierra, Derecho de Propiedad de Activos Vinculados a la Tierra, elaboración de registros catastrales y construcción de bases de datos de tierras;
+ Estadísticas, inventario de tierras; elaboración de planificación, planes de uso de la tierra; asignación de tierras, arrendamiento de tierras, cambio de propósito de uso de la tierra, recuperación de tierras; requisición de tierras; compensación, apoyo, reasentamiento cuando el Estado recupera tierras; investigación, evaluación de tierras;
+ Inspeccionar, examinar y supervisar la gestión y el uso de la tierra; manejar las violaciones de la ley de tierras y resolver quejas, denuncias y disputas de tierras;
+ Otros fines de gestión de la tierra de acuerdo con las disposiciones de la ley.