El ciudadano envio una pregunta al Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente diciendo que en 1989 el matrimonio de ciudadanos excavo y restauro un terreno para cultivar verduras. ¿Este caso cumple las condiciones para obtener el certificado de propiedad del terreno mencionado anteriormente? El ciudadano agrego que hasta ahora el terreno no tiene ninguna disputa.
Respondiendo a este contenido el Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente dijo que segun el informe la parcela de tierra que la pareja de ciudadanos esta utilizando tiene su origen en la excavacion desde 1989 para cultivar verduras. Por lo tanto para aclarar las condiciones para emitir un Certificado de Registro para la parcela de tierra mencionada anteriormente los ciudadanos pueden consultar las siguientes regulaciones para saber:
En el apartado 4 del articulo 139 de la Ley de Tierras se estipula:
“4. Los hogares familias e individuos que utilizan tierras agricolas por si mismos sin disputas pueden obtener por el Estado un Certificado de derecho de uso de la tierra propiedad de los bienes relacionados con la tierra de acuerdo con el limite de asignacion de tierras agricolas estipulado por el Comite Popular Provincial; si excede el limite estipulado por el Comite Popular Provincial la superficie excede el limite debe transferirse al arrendamiento de la tierra del Estado.
En el apartado 1 del articulo 151 de la Ley de Tierras se estipula:
“1. Los usuarios de la tierra no pueden obtener un Certificado de Derecho de Uso de la Tierra y de propiedad de los bienes inmuebles relacionados con la tierra en los siguientes casos:
a) Tierras agricolas utilizadas para fines publicos de acuerdo con lo dispuesto en el Articulo 179 de esta Ley;
b) El terreno asignado para la gestion pertenece a los casos estipulados en el Articulo 7 de esta Ley excepto en el caso de que el terreno asignado para la gestion este compartido con el terreno asignado para la gestion se emitira un Certificado de Derecho de Uso de la Tierra propiedad de los bienes relacionados con la tierra para la parte del area de terreno asignada para el uso de acuerdo con la decision de asignacion de terrenos y arrendamiento de terrenos de la agencia estatal competente;
c) Terreno alquilado y devuelto de los usuarios de la tierra a menos que el caso de alquilar y devuelto de la tierra del inversor para la construccion y el negocio de infraestructuras sea consistente con el proyecto de inversion aprobado por la autoridad competente;
d) Tierra asignada a cambio a menos que se reconozcan los derechos de uso de la tierra en virtud del punto a del apartado 2 del articulo 181 de esta Ley;
d) La tierra ha sido revocada por la autoridad estatal competente a menos que hayan pasado mas de 03 años desde el momento en que se emitio la decision de revocacion de la tierra;
e) La tierra esta en disputa esta siendo confiscada o esta siendo aplicada a otras medidas para garantizar la ejecucion de la sentencia de acuerdo con las disposiciones de la ley sobre ejecucion de sentencias civiles; los derechos de uso de la tierra estan siendo aplicados a medidas de emergencia temporales de acuerdo con las disposiciones de la ley.